El TC declara nula la indemnización de 1.350 millones del almacén de gas Castor
En un primer momento Enagás, a través de su filial Enagás Transporte, era la encargada de asumir el importe de dicha indemnización.
Plataforma de gas Castor.
El Tribunal Constitucional ha declarado "nulos e inconstitucionales" algunos artículos del real decreto ley, aprobado el pasado 3 de octubre de 2014, que contemplaba la hibernación del almacenamiento subterráneo de gas de Castor y en el que se reconocía una compensación de 1.350 millones de euros para la empresa promotora Escal UGS, participada por ACS.
De esta forma, el Constitucional ha admitido "parcialmente" los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Parlament de Catalunya, así como por la Generalitat de Catalunya y por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso.
Por ello, este organismo declara "inconstitucionales y nulos" los artículos 4 a 6 y precisa que no ve ninguna razón para haber aprobado dicha compensación mediante un decreto ley, puesto que esta medida únicamente está justificada ante la existencia de una situación "de extraordinaria y urgente necesidad a la que debiera hacerse frente".
En un primer momento Enagás, a través de su filial Enagás Transporte, era la encargada de asumir el importe de dicha indemnización de más de 1.300 millones de euros a Escal UGS, aunque el importe se iría repercutiendo durante 30 años en la tarifa del gas.
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