El Constitucional admite que actuó con "urgencia excepcional" para prohibir la investidura telemática
En la resolución completa se reconoce que "no existe precedente alguno" en la jurisprudencia del tribunal de garantías.
El Tribunal reconoce que actuó de forma inédita.
El Tribunal Constitucional (TC) admite que actuó sin que existiera precedente alguno, pero con "urgencia excepcional" cuando acordó prohibir la investidura en ausencia del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.
Puigdemont está huido en Bélgica, y el Tribunal le exigió autorización judicial para acudir a la sesión prevista para este martes en el Parlament.
Así se señala en el auto, que de forma inédita dictó una serie de medidas cautelares a aplicar antes de decidir en los próximos días si admite o no a trámite el recurso presentado por el Abogado del Estado contra el anuncio de dicha investidura.
En la resolución completa se reconoce que "no existe precedente alguno" en la jurisprudencia del tribunal de garantías, si bien se aprecian "razones de urgencia" para adoptar la medida con el fin de evitar "los daños que el Gobierno a través de la suspensión pretende evitar".
Lo contrario supondría vaciar de contenido la prerrogativa que la Constitución reconoce al Gobierno central y que permite que los actos impugnados ante el TC queden en suspenso mientras se decide sobre el fondo.
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