El Congreso aprueba los desahucios exprés de pisos okupados
El texto se ha aprobado por solo un voto. Ha recibido el apoyo de PP, Cs, PDeCAT y PNV y los votos en contra de ERC, PSOE y Unidos Podemos.
Los desahucios se harán en dos meses.
La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este martes una proposición de ley para acelerar el proceso en casos de desahucios de viviendas ocupadas, que se harán en dos meses.
El texto, que se tendrá que remitir al Senado, pretende proteger a los pequeños propietarios, las oenegés y a las entidades públicas propietarias o poseedoras de viviendas sociales.
La medida, aprobada en competencia legislativa plena, supone una reforma de la ley de Enjuiciamiento Civil para proteger la propiedad privada.
Con este cambio normativo, impulsado por el PDeCAT, se aceleran los plazos para echar a los okupas ilegales.
Hasta ahora, podía alargarse hasta dos años y, en cambio, ahora se podrá culminar el desahucio en dos meses. La ley deja fuera a las entidades financieras, promotoras y fondos buitre.
La diputada del PDeCAT, Lourdes Ciuró, ha destacado que la ley contribuye a luchar contra las mafias que se lucran y que cobran ofreciendo pisos de manera ilegal.
El texto se ha aprobado por solo un voto. Ha recibido el apoyo de PP, Cs, PDeCAT y PNV y los votos en contra de ERC, PSOE y Unidos Podemos.
El pleno del Congreso ya aprobó el pasado 14 de marzo –con 176 votos a favor y 162 en contra– tramitar la modificación de ley para proteger la propiedad privada de la ocupación ilegal y asegurar la disponibilidad de las viviendas destinadas al alquiler.
El texto validado recalca que “la okupación ilegal no puede ser una forma establecida y tolerada de acceso a la posesión de una vivienda, no puede ser tampoco la vía de acceso al derecho constitucional a una vivienda”.
En este sentido, la reforma legal quiere incluir la posibilidad de interponer un juicio verbal para recuperar la posesión de una vivienda ocupada ilegalmente.
“Simultáneamente, los poderes públicos deben garantizar la protección al derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión social”, admite la misma reforma.
Por ello, reza que la Administración tiene que asegurar “un parque de vivienda social que permita atender de manera rápida, ágil y eficaz las necesidades de las personas y unidades familiares en riesgo de exclusión residencial”.
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