Llarena rechaza la extradición de Puigdemont con duras críticas a los jueces alemanes
El juez del Tribunal Supremo retira el resto de euroórdenes y no planteará una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.
Pablo Llarena ha tomado finalmente una decisión. El juez del Tribunal Supremo que instruye la causa del 1-O ha decidido rechazar la extradición parcial del expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, solamente por el delito de malversación.
El juez de la Sala II ha dictado un auto en el que destaca “la falta de compromiso” del tribunal alemán con unos hechos que podrían haber quebrantado el orden constitucional español, y estima que con su decisión han anticipado un enjuiciamiento para el cual no tienen cobertura normativa, sin sujetarse ni a los preceptos de la Decisión Marco sobre la Orden de Detención Europea, ni a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ni al Manual sobre la euroorden elaborado por la Comisión Europea.
En una de las partes más duras del auto, Llarena señala que todas esas circunstancias “no sólo cortocircuitan la operatividad del instrumento de cooperación internacional, sino que deterioran indebidamente la indiciaria apreciación de responsabilidad que recoge la investigación y un auto firme de procesamiento”.
Para el juez Llarena, el control de la doble tipificación por parte del Estado de ejecución debería haberse limitado a comprobar si los hechos descritos por la jurisdicción española están contemplados en la legislación penal de Alemania. “En tal sentido -argumenta el magistrado- no resulta conforme con la Decisión Marco que se deniegue la tramitación de la orden de detención respecto de unos hechos principales de rebelión o sedición (limitándose el ejercicio de la jurisdicción española a la persecución del delito de malversación de fondos públicos), a partir de un análisis en el que las autoridades judiciales del país de ejecución no realizan una ponderación en abstracto del pronóstico de tipicidad sospechado, sino que abordan el definitivo juicio de subsunción de los hechos en los tipos penales”.
Por último, el juez instructor sostiene que el tribunal alemán debió haber planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya que, cuando existen dudas de interpretación de una norma de la UE, en este caso la aplicación de la euroorden, en un asunto pendiente ante un órgano jurisdiccional nacional cuyas decisiones no sean susceptibles de posterior recurso judicial debido a su derecho interno, dicho órgano está obligado a formular la cuestión prejudicial al TJUE.
RETIRADA GENERAL DE EUROÓRDENES
Además, Llarena ha retirado todas las euroórdenes de los políticos fugados y tampoco planteará una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. En su auto, Llarena hace referencia a la denegación de entrega acordada en Bélgica respecto a otros tres procesados en la misma causa que eran exconsellers del Gobierno de Puigdemont (Antonio Comin, Luis Puig y Meritxell Serret).
Recuerda que las autoridades belgas no aceptaron que el auto de procesamiento contra los tres tuviese la naturaleza ejecutiva que el ordenamiento jurídico español le atribuye, entendiendo así que no había una orden de detención nacional subyacente a la orden de detención europea.
Así, la valoración sobre el alcance del auto de procesamiento, “discrepa abiertamente de la indicación de suficiencia que trasladamos al Tribunal de ejecución, despreciando el conocimiento que cada órgano judicial tiene de su propio ordenamiento jurídico, además de desconfiar de sus aclaraciones. Se muestran así inasumibles las objeciones formales expresadas en la resolución belga”, reitera Llarena, que en su auto retira también las órdenes de detención europeas e internacionales contra Comin, Puig y Serret, reclamados a Bélgica, así como las de Clara Ponsatí, que se encuentra en Escocia, y la de Marta Rovira.
REACCIONES AL AUTO DE LLARENA
Desde Jueces por la Democracia, su portavoz, Ignacio González Vera, ha manifestado a Cataluyapress que la decisión del juez Llarena responde a evitar una "situación de agravio con otros procesados", en referencia a los políticos catalanes en prisión preventiva.
Es decir, si el magistrado hubiese decidido extraditar al expresidente catalán sólo por malversación, sin incluir el delito de rebelión -rechazado por el tribunal alemán-, sería el único procesado que no sería juzgado por ese motivo.
Aunque desde la asociación no entran a valorar la decisión judicial, sí apuntan a que "eran pocas las posibilidades que le quedaban" a Llarena.
González Vera ha explicado que el auto del Supremo implica que Puigdemont no podrá pisar territorio español o será detenido porque se mantiene la orden contra él, pero sí tendrá libertad de movimientos por otros países.
Es decir, Puigdemont no será juzgado, siempre y cuando no pise territorio español, y cuando pasen dos décadas, el delito habrá prescrito.
De hecho, fuentes cercanas al expresident apuntan a que ya está preparando su regreso a la casa que tiene alquilada en Waterloo, Bélgica.
En cambio, desde la asociación de jueces catalanes Àgora Judicial ha criticado la decisión de Llarena de retirar la euroorden contra Puigdemont y que anteponga la estrategia a la "legalidad estricta".
En un comunicado, la asociación ha expresado su "sorpresa y preocupación por cómo la estrategia y el principio de oportunidad, más que el de legalidad, están guiando esta instrucción", ya que no les constan precedentes similares en los que una instancia judicial haya retirado una orden europea de detención previamente emitida por temor a que sea denegada o que solo se acepte parcialmente.
Escribe tu comentario