El impuesto sobre el patrimonio de España es el más alto del mundo
En Europa, únicamente existe también en Suiza y Noruega
La gran mayoría de los países occidentales han eliminado el impuesto sobre el patrimonio neto. Sin embargo, en España todavía está vigente y es el más alto, con una carga que puede llegar al 3,5% en muchos casos. Entre los países de la OCDE, solo Suiza, Noruega y Colombia mantienen este tipo de gravámenes sobre el patrimonio, pero con porcentajes mucho más bajos que los de España.
Según los datos publicados por la OCDE, en España el impuesto es progresivo y el tipo puede variar desde el 0,16% que aplica el régimen foral de Navarra, hasta el 3,5% para los bienes patrimoniales que superan los 700.000 euros.
Además, hay que tener en cuenta el recientemente implantado "impuesto sobre el patrimonio neto". En 2022, el gobierno de Pedro Sánchez introdujo esta tasa que oscila entre el 1,7% y el 3,5% para las personas con activos superiores a 3 millones de euros.
¿Qué es esta tasa?
El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto directo y personal que se aplica individualmente y grava el patrimonio neto de las personas físicas, es decir, el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que es titular, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que su titular deba responder.
El plazo para presentar el Impuesto sobre el Patrimonio es el mismo que el de la campaña de la Renta, de abril a junio se presentan los impuestos del ejercicio del año anterior.
El impuesto de Patrimonio se devenga el 31 de diciembre de cada año y afecta al patrimonio del cual sea titular el sujeto pasivo en dicha fecha. El Impuesto sobre el Patrimonio se presenta online mediante el Modelo 714, en las mismas fechas que la Declaración de la Renta.
La forma de calcularlo
La tasa varía según la comunidad autónoma. No obstante, a nivel estatal, hay ciertos aspectos importantes a considerar:
Exención para la vivienda habitual: Se aplica una exención de 300.000 euros para la vivienda habitual del contribuyente.
Mínimo exento: Se establece un mínimo exento de 700.000 euros tanto para contribuyentes residentes como no residentes.
Obligación de presentar la declaración:
- Están obligados a presentar la declaración aquellos sujetos pasivos cuya cuota tributaria resulte a ingresar.
- También deben presentarla si el valor de sus bienes y derechos supera los 2.000.000 euros, aunque no resulte a ingresar ninguna cantidad.
Exenciones adicionales:
- Los negocios familiares, ya sean empresariales o profesionales, están exentos.
- También están exentas las participaciones en entidades calificadas como empresas familiares.
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