Consulta el calendario de la Renta 2024: fechas, plazos de presentación y principales novedades

Como es habitual, hay algunos cambios que deben tener en cuenta los contribuyentes

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Algunas casillas de la declaración. Foto: MZG Asesores

 

A partir de este miércoles 19 de marzo, los contribuyentes podrán consultar sus datos fiscales para preparar la próxima Campaña de la Renta 2024, que arranca oficialmente el 2 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025. Este año trae importantes novedades, facilidades y fechas clave que conviene tener en cuenta. A continuación, te resumimos los principales puntos.

 

📅 Fechas clave de la campaña de la Renta 2024

Desde el 2 de abril de 2025: Se abre el plazo para presentar la declaración por Internet. El periodo de presentación online se extiende hasta el 30 de junio.

A partir del 6 de mayo y hasta el 30 de junio de 2025: La Agencia Tributaria ofrece el servicio de confección de la declaración por teléfono (Plan "Le Llamamos"). La cita previa se puede solicitar desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.

Del 2 al 30 de junio de 2025: Se podrá hacer la declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para ello, la cita se solicitará entre el 29 de mayo y el 27 de junio.

👉 Atención: Si tu declaración sale a pagar y domicilias el importe, tendrás que presentarla antes del 25 de junio.

 

🆕 Novedades destacadas de la Campaña de la Renta 2024

1. Paga tu Renta por Bizum

Por primera vez, la Agencia Tributaria permitirá abonar el resultado de la declaración mediante Bizum, además de las opciones habituales: domiciliación bancaria, NRC (Número de Referencia Completo) o pago en ventanilla bancaria.

2. Sistema único para corregir errores

Se introduce un nuevo sistema que facilita la corrección de errores en la autoliquidación presentada. Ahora, mediante la autoliquidación rectificativa, cualquier contribuyente podrá modificar o completar su declaración sin esperar una resolución administrativa. Este sistema simplifica los trámites y sustituye el actual modelo dual de autoliquidaciones complementarias y solicitudes de rectificación.

3. Asistencia personalizada para personas mayores

La Agencia Tributaria refuerza la atención a los mayores de 65 años en pequeños municipios. Se mantiene el Plan Le Llamamos, que permite hacer la declaración por teléfono, y se facilita la presentación presencial en oficinas de la AEAT, administraciones locales y comunidades autónomas.

Además, en colaboración con la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), se continúa con el plan especial de ayuda a personas mayores que residen en zonas rurales.

 

Quién está obligado a declarar

  • Autónomos: Igual que en 2023, todos los autónomos deberán presentar declaración, independientemente de sus ingresos.
  • Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV): También tienen la obligación de declarar, aunque no tengan otros ingresos.
  • Personas desempleadas: Finalmente, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración, a pesar de que inicialmente se había previsto lo contrario.

 

💸 Devolución de IRPF a mutualistas jubilados

A raíz de las sentencias del Tribunal Supremo y las reformas aprobadas, los mutualistas jubilados podrán solicitar la devolución del IRPF correspondiente al ejercicio 2019 y años anteriores no prescritos.

La devolución se tramitará de forma gradual, repartida en cuatro años, según la antigüedad de cada caso. Para iniciar el proceso, el contribuyente debe presentar un formulario de apoderamiento, que estará disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria durante la Campaña de la Renta.

 

🌧️ Exenciones y ayudas tras la DANA

El Gobierno ha aprobado exenciones fiscales relacionadas con las ayudas recibidas por los afectados por los desastres naturales provocados por la DANA.

 

✅ Exenciones importantes

  • Las ayudas por daños materiales no tributan en el IRPF, incluyendo las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Las ayudas por daños personales también están exentas, incluyendo las compensaciones por desalojo temporal o definitivo de viviendas habituales o locales comerciales.
  • Las cantidades extraordinarias que las empresas paguen a sus empleados (o familiares) para reparar daños en viviendas, enseres y vehículos no tributan, siempre que no excedan el coste real de los daños.

 

⚖️ Casos particulares

  • Si las ayudas (más la indemnización del Consorcio) superan el valor de adquisición del bien dañado, se genera una ganancia patrimonial. Sin embargo, queda exenta si no supera el importe conjunto de las ayudas e indemnización.
  • Los costes de reparación hasta el importe de la ayuda no se podrán deducir como gasto adicional.

 

🚜 Autónomos en zonas afectadas

Los autónomos que tributan por módulos y desarrollan su actividad en zonas damnificadas podrán aplicar:

  • Una reducción adicional del 25% en el rendimiento neto de módulos en el IRPF, que se suma a la reducción general del 5% para 2024.
  • Un descuento del 25% en las cuotas del régimen simplificado del IVA.
  • Además, de manera excepcional, podrán renunciar a tributar por módulos y acogerse al sistema de estimación directa simplificada, sin tener que cumplir los requisitos adicionales que habitualmente se exigen.

 

ℹ️ Otros aspectos a tener en cuenta

  • Como todos los años, es importante revisar el borrador de la declaración antes de confirmarlo, para comprobar que los datos personales y fiscales son correctos.
  • Si no estás obligado a declarar, pero te han retenido IRPF o te corresponde alguna deducción (por ejemplo, por maternidad, vivienda habitual o donativos), puede ser conveniente presentar la declaración para solicitar la devolución.

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