El Congreso debate este martes la ley del Parlamento catalán para que los delitos sexuales contra menores no prescriban

La iniciativa está impulsada conjuntamente por el PSC-Units, ERC, Junts y los Comuns

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EuropaPress 6201820 hemiciclo sesion plenaria congreso diputados 10 septiembre 2024 madrid
El Congreso debate este martes la ley del Parlamento catalán para que los delitos sexuales contra menores no prescriban

 

El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá este martes 12 de noviembre la toma en consideración de la proposición de ley del Parlament de Catalunya para que los delitos sexuales cometidos por adultos contra menores no prescriban.

En concreto, la iniciativa está impulsada conjuntamente por el PSC-Units, ERC, Junts y los Comuns y propone modificar el Código Penal para que los delitos contra la libertad sexual cometidos por adultos contra menores no prescriban cuando tengan la consideración de graves.

En cuanto a los delitos de este tipo menos graves, el texto plantea que prescriban más tarde con el fin de que la víctima pueda denunciar los hechos al menos hasta que tenga 50 años.

Según se desprende de la exposición de motivos, consideran "preciso" reformar el Código penal "para que la prescripción de los delitos contra la libertad sexual cuando las víctimas son menores se pueda equiparar a la de las legislaciones de los estados del norte de Europa".

En este sentido, apuntan que los delitos sexuales contra menores "constituyen una grave vulneración de los derechos humanos y un importante problema de salud pública". Así, añaden que la ley tiene por objetivo "evitar espacios de impunidad, ya que se ha demostrado estadísticamente que las víctimas asimilan el delito de una forma lenta en el terreno psicológico, y por tanto muchas veces es de detección tardía".

Asimismo, recalca que en los delitos sexuales contra menores el ejercicio de la acción penal es diferente que en otros delitos, "por lo que la imprescriptibilidad de estos delitos que la presente ley plantea no se fundamenta únicamente en su gravedad, sino básicamente en la determinación del momento en el que la víctima está en condiciones de iniciar la acción penal".

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