El TC aparta a un magistrado del bloque conservador y allana el camino de la amnistía
La mayoría del Pleno ha estimado --por 6 votos a favor y 4 en contra-- el incidente de recusación que firmó el propio fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz
El Tribunal Constitucional (TC) ha atendido a la petición de la Fiscalía y ha acordado apartar al magistrado del bloque conservador José María Macías de las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TS) contra la ley de la amnistía por su "participación directa o indirecta" en dos informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la norma impugnada cuando era vocal.
La mayoría del Pleno ha estimado --por 6 votos a favor y 4 en contra-- el incidente de recusación que firmó el propio fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. El tribunal ha concluido que Macías, como vocal de CGPJ, pudo "tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad", cuestiones que son causa de recusación en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Según ha informado el tribunal, los magistrados del ala conservadora Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa han anunciado que presentarán un voto particular para dejar constancia de su discrepancia.
La Fiscalía pidió apartar a Macías al considerar que cuando era vocal del CGPJ se pronunció hasta dos veces en textos con "valor institucional" sobre la ley de amnistía, lo que le contaminaría para participar ahora en las deliberaciones del TC sobre la norma jurídica.
En concreto, el Ministerio Público hacía referencia al acuerdo de Pleno de 6 de noviembre de 2023, por el que se aprobó la declaración institucional del CGPJ ante el anuncio, por el presidente del Gobierno, de que se había alcanzado un pacto político para la presentación de una proposición de Ley Orgánica de Amnistía; y al acuerdo de Pleno de 21 de marzo de 2024, por el que se aprobó el informe del CGPJ sobre la Proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Catalunya, emitido a petición de la Mesa del Senado.
Aprecia una "toma de posición jurídica"
El Constitucional coincide con el criterio de la Fiscalía y opta por apartar al magistrado, basándose en la ponencia redactada por la magistrada progresista y vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán.
Recuerda que uno de los informes del CGPJ se emitió a petición de la Mesa del Senado y se incorporó al proceso legislativo de la proposición de Ley Orgánica de Amnistía, sirviendo de soporte técnico al veto, formulado por un grupo parlamentario del Senado y aprobado por mayoría de la Cámara Alta.
Y apunta, además, que existe identidad entre las cuestiones planteadas por el Supremo y las analizadas por el informe de legalidad en que participó el magistrado recusado; que tales cuestiones son objeto de un detallado y profundo análisis jurídico constitucional en el informe del CGPJ; y que existe una clara proximidad temporal entre la emisión del informe y el planteamiento de las dudas de constitucionalidad por el Supremo (cuatro meses) y la presentación del escrito de recusación por el fiscal general (seis meses).
Así las cosas, el tribunal concluye que todas estas circunstancias revelan objetivamente una toma de posición jurídica previa sobre el objeto del proceso constitucional que, con independencia de cuál sea su orientación, justifica la estimación de los motivos de recusación propuestos por el fiscal general del Estado.
El Constitucional incide en que la recusación ha sido presentada dentro de plazo, conforme con la doctrina ya consolidada y reiterada en anteriores peticiones de recusación dirigidas frente al mismo magistrado
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que aunque la recusación se refiere únicamente a la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo, la decisión adoptada se extenderá a las demás impugnaciones contra la amnistía. Para ello plantean varias vías; la más "fácil" --explican-- sería que el propio Macías se abstuviera, si bien se estudian otras opciones como que se aplique directamente a las demás cuestiones y recursos de inconstitucionalidad contra la amnistía sin necesidad de que haya recusaciones de parte contra el magistrado conservador.
Macías ve socavado el "pluralismompolítico"
Al dar el visto bueno el incidente de recusación de la Fiscalía, la mayoría progresista desestima las alegaciones que planteó el propio Macías. El magistrado aseguraba que apartarle del debate de la amnistía no solo socavaría el "principio de pluralismo político" de la corte de garantías, sino que daría carta a "un acto de manipulación ideológica de su composición para el conocimiento de un caso concreto".
En el escrito de alegaciones, al que tuvo acceso Europa Press, Macías sostenía que "el fundamento real" de la recusación no radicaba en que hubiese "expresado una opinión, sino precisamente en haberla tenido" y en "presumir" que esa opinión se pudiera "mantener".
"Aceptar semejante planteamiento incoherente supondrá sencillamente demoler el principio de pluralismo político que explica y justifica la composición y forma de selección de los miembros de este tribunal", señalaba el magistrado.
Tras la decisión de este miércoles, Macías pasa a ser el segundo magistrado apartado del debate de la amnistía, toda vez que Juan Carlos Campo decidió abstenerse de las deliberaciones porque siendo ministro de Justicia dijo que la amnistía era "claramente inconstitucional" en los informes a favor de indultar a los condenados por el 'procés'.
El PP y las comunidades autónomas gobernadas por dicha formación intentaron apartar al presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, y a la magistrada progresista Laura Díez, pero el Pleno del tribunal rechazó sus pretensiones. La corte de garantías también rechazó --por extemporánea-- la petición de la Abogacía del Estado de dejar fuera del debate a Macías.
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