El TC da la razón a Otegi y dice que la decisión del Supremo de repetir el juicio del 'caso Bateragune' vulnera sus derechos

La decisión ha sido adoptada por 7 votos a favor y 4 en contra de los magistrados del Constitucional

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El líder de Bildu, en un acto político. Foto: Europa Press

 

El Tribunal Constitucional (TC) ha amparado al líder de EH Bildu Arnaldo Otegi al considerar que repetir el juicio del denominado Caso Bateragune vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva del dirigente vasco al infringir el principio de non bis in idem, que prohíbe juzgar 2 veces a una misma persona por los mismos hechos

 

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han confirmado que la decisión ha sido adoptada por 7 votos a favor y 4 en contra. Las mismas han precisado que se dictarán tres votos particulares y cuatro votos concurrentes. 

 

Los magistrados del Pleno han avalado la ponencia redactada por el magistrado progresista Juan Carlos Campo que propone amparar al líder de Bildu al entender que volver a sentarle en el banquillo por el Caso Bateragune supondría una vulneración de derechos. Las fuentes consultadas indican que esta decisión abre la puerta a que Otegi pueda reclamar una indemnización al Estado al declarar vulnerados sus derechos fundamentales.

 

La corte de garantías ha estimado el recurso de amparo de Otegi contra la decisión que el Tribunal Supremo adoptó en 2020 de anular la sentencia dictada en 2012 por la Audiencia Nacional (AN) --que condenó a Otegi y los demás acusados a penas de entre 6 años y 6 años y medio de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista-- y ordenar celebrar un nuevo juicio. 

 

El Supremo siguió el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que determinó que la AN vulneró el artículo 6.1 del Convenio Europeo, ya que entendía el "temor legítimo" de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal. 

 

Estrasburgo estableció que el juicio de la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías, al formar parte del tribunal la magistrada Ángela Murillo, que anteriormente, en 2010, había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en otro juicio distinto por enaltecimiento del terrorismo en el que también estaba acusado Otegi. 

 

En aquella vista oral, Murillo preguntó a Otegi si condenaba a ETA y, ante la negativa de éste a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó del caso a la magistrada, que ejercía de presidenta del tribunal, al apreciar en ella "prejuicio". La vista oral fue repetida y el ex portavoz de Batasuna resultó absuelto en ese procedimiento.

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