Una vecina de Barcelona queda exonerada de devolver 58.000 euros que pidió en préstamos
Tras 3 años recibiendo tan solo un subsidio por desempleo para mayores de 52 años, esta catalana consigue el perdón de los 58.000 euros que debía.
La inestabilidad laboral es un hecho común hoy en día y son bastantes los casos en los que se ven mermados los ingresos mensuales. Esto afecta a la manera de afrontar tanto los gastos habituales como la solvencia para pagar las deudas al día. Algo así nos presenta la protagonista de esta historia.
M. P. (iniciales de la protagonista) tenía unos ingresos estables desde hace ya bastantes años. Con ello, tenía la posibilidad de ayudar económicamente a algunos allegados que no tenían esa suerte pidiendo un crédito financiero a su nombre. Esto junto a algún préstamo personal que solicitó rondaba una cuantía cercana a los 70.000 euros.
Durante este tiempo, podía hacer frente regularmente a la cuota mensual hasta que todo se viene abajo. A finales de 2019, esta catalana queda desempleada y pasa de recibir su nómina a un subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Esto provoca una disminución importante de sus ingresos y, por ende, la imposibilidad de pagar la cuota.
A inicios de 2020, con una pandemia a punto de empezar, encontrar trabajo para ponerse al día parecía imposible por lo que tuvo que buscar otra solución. Contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento y estos, tras el estudio de su situación, aconsejaron declararse insolvente y tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad.
Comenzando el proceso ya tenían asegurado uno de los dos posibles finales: un acuerdo para pagar parte de la deuda de forma asequible o el perdón del 100%.
Qué pasos se han seguido
“Este procedimiento otorga diferentes beneficios y algunos se obtienen inmediatamente. Con el primer escrito presentado se consigue suspender la obligación de pagos y paralizar todo intento de ejecución sobre el patrimonio del beneficiario”, detalla Andrea Olcina, abogada de la Asociación.
Tras este trámite, comienza un periodo para negociar con los acreedores. Se les presenta a estos una propuesta de acuerdo por la cual la asociada solo pagaría el 10% de la deuda en cuotas asumibles. Estos desde un primer momento se mostraron reacios a negociar, y así lo demostraron rechazando tal propuesta.
El “fracaso” en el intento de acuerdo no fue una mala noticia. Al hacerse ante notario, queda en documento de dominio público que la deudora ha intentado un acuerdo y han sido los acreedores quienes no han aceptado tal intento. Esto permitía solicitar en los tribunales la exoneración del 100% de la deuda.
Finalmente, la demanda de concurso presentada por los abogados ante los juzgados de Barcelona daba paso al perdón de la cuantía total que tenían a deber. Esto fue concedido por el Juzgado de Primera Instancia N.º 50 de Barcelona el pasado 18 de julio, incluyendo además las deudas con el Ayuntamiento de Barcelona.
Qué requisitos se han de cumplir para tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad
No todo el mundo puede acogerse al procedimiento, siendo obligatorio algunos requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor “de buena fe”.
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a la deudora libre de los 57.879,90 euros que tenía que pagar.
Ya son casi 70 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022. Algunas sentencias en la que incluyen incluso deuda pública como los 235.942,38 euros en Castellón del 14 de julio o manteniendo bienes, como los 302.585,54 euros en Barcelona del 5 de julio.
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