La Iglesia Católica comenzará a pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Este cambio se produce tras la publicación de una Orden Ministerial en el Boletín Oficial del Estado (BOE), marcando un hito en la relación entre la Iglesia y el Estado español.
A partir de este sábado, 4 de noviembre, la Iglesia Católica en España se someterá al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), del cual había estado exenta hasta la fecha. Este cambio en su estatus fiscal se materializa gracias a una Orden Ministerial recientemente publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 3 de noviembre.
La Orden Ministerial en cuestión deroga la anterior disposición del Ministerio de Hacienda, datada el 5 de junio de 2001, que aclaraba la inclusión del ICIO en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, firmado en 1979. Este cambio normativo entrará en vigor este sábado.
El acuerdo de 1979, entre España y el Vaticano, otorgaba a la Iglesia Católica una exención total y permanente de impuestos reales, de producto, sobre la renta y el patrimonio. Sin embargo, en el momento de la firma de este acuerdo, el ICIO aún no existía, ya que fue establecido posteriormente por la Ley reguladora de las Haciendas Locales de 1988.
Anteriormente, el Tribunal Supremo había emitido sentencias en 2001 y 2003 que afirmaban que esta exención aplicaba al impuesto local debido a su naturaleza real. Esto fue luego reflejado en la Orden del Ministerio de Hacienda de 5 de junio de 2001.
En junio de 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea definió los términos y requisitos para aplicar esta exención en el marco del Derecho comunitario.
El 29 de marzo de 2023, el Gobierno español y la Conferencia Episcopal Española llegaron a un acuerdo histórico, en el que la Iglesia Católica española renunció a sus exenciones fiscales en el ICIO y las Contribuciones Especiales. Este acuerdo se basa en la "voluntad compartida entre el Gobierno de España y la Conferencia Episcopal Española de equiparar el régimen fiscal de la Iglesia Católica con las entidades sin ánimo de lucro, conforme al principio de no privilegio y no discriminación".
Con la entrada en vigor de esta norma, la Iglesia Católica recibirá un tratamiento fiscal igual al de cualquier entidad sin ánimo de lucro en lo que respecta al ICIO, proporcionando una mayor certeza jurídica a los municipios, que verán aumentar sus ingresos anuales en 16 millones de euros.
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