El decreto del régimen lingüístico educativo catalán, en la cuerda floja: suspendido cautelarmente por el TSJC

Ve "visos de lesión en los derechos fundamentales"

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido cautelarmente el Decreto del régimen lingüístico del sistema educativo, aprobado por la Generalitat en mayo, tras estimar el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe.

El Govern había aprobado este decreto para dar "seguridad jurídica" a las escuelas con sus proyectos lingüísticos y prevé que el catalán es la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en Catalunya.

En un auto de la Sección Quinta de la Sala de lo contencioso administrativo, recogido por Europa Press, el tribunal aprecia "visos de lesión en los derechos fundamentales" en tanto que el desarrollo reglamentario del decreto contempla el catalán, o en su caso el aranés, como lengua normalmente vehicular y de aprendizaje.

Asimismo, el tribunal señala que se apodera a los proyectos lingüísticos de los centros a que determinen la presencia del castellano en cada escuela, sin que se fije una garantía mínima del uso de dicha lengua vehicular "más allá de la impartición de la asignatura de lengua y literatura castellana".

El tribunal señala que de los artículos 3 y 27 de la Constitución "no deriva el derecho a recibir las enseñanzas solamente en una lengua, sino al derecho a que tanto el castellano como las cooficiales sean vehiculares en la enseñanza", y que el mandato de la Ley Orgánica de Educación se dirige a garantizar el derecho constitucional a que el castellano no sea excluido como lengua vehicular y se respete el patrón de equilibrio o igualdad entre ambas lenguas.

Esta doctrina constitucional lleva al tribunal a "apreciar visos de lesión en los derechos fundamentales", en su vertiente a recibir enseñanza en lengua castellana, con el desarrollo reglamentario del decreto.

El tribunal señala que la existencia de un amplio conjunto reglamentario de desarrollo de la Ley de Educación de Catalunya de 2009, con amplias coincidencias materiales y que sigue vigente, hace que la adopción de la medida cautelar "se ve fuertemente matizada" desde el momento en que sigue vigente el desarrollo reglamentario de la norma educativa catalana.

 

PERTURBACIÓN ATENUADA

 

El TSJC sostiene que el desarrollo reglamentario del régimen lingüístico se encuentra recogido, al menos parcialmente, en normas como el decreto de atención educativa al alumnado y de ordenación de las diferentes etapas educativas, y que un decreto de mayo de 2022 fija los criterios aplicables a la elaboración de los proyectos lingüísticos, lo cual "atenúa significativamente la perturbación derivada de la suspensión de la norma reglamentaria".

Ante esta interlocutoria, puede interponerse recurso de reposición ante el tribunal en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación.

 

REACCIÓN DEL GOVERN

 

La consellera de Educación de la Generalitat, Anna Simó, ha anunciado este viernes que el departamento presentará recurso de reposición al auto del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que suspende cautelarmente el Decreto del régimen lingüístico del sistema educativo, aprobado en mayo, tras estimar el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe. 

En declaraciones a los medios en Sant Andreu de la Barca (Barcelona), ha criticado que hay jueces del TSJC que "se extralimitan" y que han decidido, pese a no tener funciones legislativas y ejecutivas, decir cómo debe ser el régimen lingüístico en las escuelas, y ha pedido que cada uno trabaje dentro de la separación de poderes. 

Simó ha subrayado que el decreto de régimen lingüístico forma parte del despliegue pendiente del título II de la Ley de Educación de Catalunya y de otras normativas para "hacer frente a la idea peregrina de que el 25% de las materias fuese en castellano", cuestión que ha dicho que no tiene apoyo pedagógico y sociolingüístico. 

Se ha mostrado convencida de que el decreto de régimen lingüístico es "impecable de acuerdo a toda la normativa orgánica y básica", por lo que presentarán recurso antes de que finalice el plazo para hacerlo el 15 de julio. 

Ha lamentado que haya jueces que "escuchen más a una asociación que a un consenso social y político mayoritario", y ha criticado que en la interlocutoria el magistrado hace apreciaciones que van más allá de las jurídicas. Ha remarcado que el decreto de régimen lingüístico se basa en normativa previa y ha afirmado no entender que se dé "pábulo a los argumentos de una asociación que no atienden a ningún motivo sociolingüístico o pedagógico, sino altamente político, creando un contexto falaz de

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