Más de 150 personas han sido beneficiadas por la ley de amnistía: la mayoría, policías y guardias civiles

Esta semana han sido amnistiados 45 agentes de la Guardia Civil investigados por su actuación en el 1-O

|
Archivo - Acto por la amnistía de los políticos catalanes en prisión
Más de 150 personas han sido beneficiadas por la ley de amnistía, la mayoría policías y guardias civiles | Europa Press

 

El número de personas que han sido beneficiadas por la amnistía al 'procés' asciende al menos a 154, entre condenados que han sido exonerados y absueltos que han visto cancelados sus antecedentes --incluidos los policiales-- desde que la norma entró en vigor el 10 de junio. Del total de amnistiados hasta ahora, 95 son agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre policías nacionales, guardias civiles y Mossos d'Esquadra.

Esta misma semana, han sido amnistiados 45 agentes de la Guardia Civil investigados por su actuación durante el referéndum del 1 de octubre de 2017. El Juzgado de Instrucción Número 4 de Mataró les ha exonerado de responsabilidad penal al entender que los hechos que se les atribuyen encajan en la ley de amnistía. También ha aplicado la norma al exalcalde Marc Bosc y al concejal Eduard García, según ha publicado El Món.

Estos 45 se suman a otros 46 agentes de la Policía Nacional que ya fueron amnistiados semanas atrás en una investigación sobre las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona.

En aquel caso, el juez consideró que debía aplicarse la amnistía porque "las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual" y estuvieron "enmarcadas en un objetivo policial definido" que no se prolongó en el tiempo "más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales".

La Audiencia de Barcelona, por su parte, amnistió a cuatro miembros de los Mossos d'Esquadra acusados de delitos contra la integridad moral y lesiones.

Hasta ahora, todas las amnistías concedidas han sido acordadas en los tribunales y juzgados con sede en Catalunya. Se han visto beneficiadas personas encausadas por delitos de malversación, prevaricación, desobediencia, desórdenes públicos, pertenencia a grupo criminal, tenencia de artefactos explosivos, delitos contra la seguridad vial, atentado contra la autoridad, delitos contra la integridad moral y lesiones.

Los primeros amnistiados fueron el exconseller de Interior de la Generalitat, Miquel Buch, y el escolta del expresidente Carles Puigdemont, Lluís Escolà. El exconseller había sido condenado por malversación a cuatro años y medio de prisión por designar al mosso d'Esquadra Lluís Escolà --condenado a cuatro años por el mismo delito-- como cargo de confianza para que escoltara al expresidente Puigdemont en el extranjero cuando huyó tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Catalunya.

Esta misma semana, el Juzgado Penal 10 de Barcelona ha amnistiado a la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega de un presunto delito de quebrantamiento de condena por aceptar un cargo público tras ser inhabilitada 9 meses por su implicación en la consulta del 9N. En la lista de beneficiados también figura la exalcaldesa de Figueres (Girona), que fue procesada por desobediencia y se encontraba a la espera de juicio por su participación en la preparación del referéndum independentista del 1-O.

Asimismo, consta el caso de un exsecretario del Ayuntamiento de Hostalric (Girona), que fue condenado por prevaricación a 9 años de inhabilitación especial para empleo de cargo público por "exagerar" la actuación de un grupo de personas que acudieron al pueblo para retirar lazos amarillos y pancartas en apoyo al proceso independentista.

Al margen, el Juzgado de Instrucción 18 de Barcelona amnistió la malversación que se le atribuía al exconseller de Presidencia de la Generalitat Francesc Homs y al exsecretario de exteriores Senén Florensa. La juez entendió que los gastos que investigaba relativos a 2012 "no motivaron enriquecimiento o beneficio personal, sino que se destinaron a sufragar viajes y actividades de terceros, vinculadas a la promoción de la independencia de Catalunya" y que, por lo tanto, era actos amnistiables.

Desde que entró en vigor la ley, también se han visto beneficiados una treintena de manifestantes. Unos fueron condenados por un delito de atentado contra la autoridad durante las protestas del 1 de octubre de 2020 en Barcelona; otros por las manifestaciones en Cataluña entre 2018 y 2019 a favor del 'procés'.

El TSJ catalán también amnistió a una persona que había sido condenada por un delito de tenencia de artefactos explosivos después de que en diciembre 2018 los Mossos d'Esquadra le requisaran la mochila en una manifestación.

En un juzgado de Solsona (Lleida) amnistiaron a cuatro miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) que en agosto de 2023 intentaron boicotear sin éxito la Vuelta Ciclista a España.

Con al menos 151 amnistiados en los cuatro meses de vida de la ley, se calcula que el 31% de los encausados del 'procés' han sido amnistiados, toda vez que la Fiscalía General cifra en unos 486 los posibles beneficiados.

Según informó el Ministerio Público, la ley afectaría "aproximadamente" a 82 procedimientos penales que se encuentran actualmente en tramitación. Dichas causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.

Sin embargo, matizó que es posible que no se pueda aplicar la amnistía en los 82 procedimientos porque hay causas con delitos que no se incluyen en la ley --como por ejemplo, delitos de odio-- en conjunto con otros que sí se contemplan en el texto legal.

Hasta el momento, varios tribunales han acordado esperar a aplicar la amnistía ante las dudas que tienen sobre la legalidad de la ley. El Tribunal Supremo ha consultado ya al Tribunal Constitucional por la amnistía a los desórdenes públicos del 'procés' al considerar que vulnera el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

Por su parte, en la Audiencia Nacional y el TSJ de Catalunya han preguntado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la aplicabilidad de la ley a los delitos de terrorismo, desobediencia, prevaricación y malversación. Ya el pasado 1 de julio el Supremo rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación.

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
AHORA EN LA PORTADA
ECONOMÍA