Un pedófilo evita la prisión al no quedar demostrado que buscara contenidos especialmente vejatorios
Ha aceptado 2 años de cárcel que no cumplirá si realiza un programa de reeducación sexual
Un pedófilo detenido en Granollers (Barcelona) en 2019 ha aceptado una pena de 2 años de prisión como autor de un delito de distribución de pornografía infantil en concurso de normas con un delito de posesión de pornografía infantil, pero no pisará la cárcel al no quedar demostrado que, entre los miles de archivos que poseía, hubiese buscado explícitamente algunos especialmente vejatorios.
En los dispositivos incautados al procesado se localizaron 316 vídeos y 25.787 fotografías de contenido pedófilo, algunos especialmente humillantes y vejatorios para las víctimas, que comenzó a descargarse en 2016, según el escrito de calificación de la Fiscalía.
Su actividad continuó a través de plataformas 'peer 2 peer' como Emule hasta 2019, momento en el que fue aprehendido por la Policía Nacional y, tras analizarse los contenidos que poseía, la Fiscalía solicitó para él 7 años de prisión al aplicarle una agravante por la extrema dureza de algunos de ellos.
Además de aplicársele una atenuante simple de dilaciones indebidas, la Fiscalía ha retirado en el juicio celebrado este lunes en la Sección 2 de la Audiencia de Barcelona la petición de que se le aplique esta agravante por contenidos especialmente degradantes o vejatorios.
El motivo es que, aunque este tipo de archivos estuvieron albergados en el ordenador del acusado, en el momento en el que la policía se incautó de los dispositivos estos habían sido eliminados y sólo pudieron saber de qué ficheros se trataba por el hash --un código alfanumérico--, que coincidía con el que figuraban en las bases de datos policiales.
Sin embargo, no ha podido acreditarse que los hubiese buscado explícitamente, que su contenido fuese conocido por el acusado en el momento de la descarga --se desconoce la nomenclatura con la que se los bajó-- ni que los compartiera con terceros, más allá del intercambio que este tipo de plataformas hace de forma automática.
El tribunal le ha impuesto la prohibición de usar redes 'peer 2 peer' durante dos años --las mismas que usaba para descargarse este tipo de archivos--, 4 años de libertad vigilada e inhabilitación especial durante el mismo periodo de tiempo para realizar cualquier oficio, ya sea retribuido o no, que implique contacto con menores.
Respecto a los miles de archivos de contenido pedófilo localizados en sus dispositivos, el tribunal ha acordado "el borrado total, seguro e irrecuperable" de los mismos, que quedarán a disposición con carácter definitivo a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial que desarrolló la investigación.
El tribunal ha aceptado la suspensión de la pena privativa de libertad, como pedía la defensa del acusado, a la vista la extensión de la condena y la carencia de antecedentes penales.
La Fiscalía no se ha opuesto pero ha fijado dos condiciones para que se le suspenda: que no vuelva a delinquir por un plazo de 3 años y que se someta a un programa de reeducación sexual.
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