El TC recibe 200 recursos al año por la lentitud del sistema judicial

Recientemente, un grupo de empresarios acusados de prostitución con menores ha estado esperando juicio durante 10 años, lo que ha resultado en una reducción de las condenas debido a las dilaciones indebidas

|
EuropaPress 4007286 fachada tribunal constitucional 15 octubre 2021 madrid espana gobierno pp
El TC recibe 200 recursos al año por la lentitud del sistema judicial | Europa Press

 

El Tribunal Constitucional (TC) ha recibido un promedio de 200 recursos anuales debido a la lentitud del sistema judicial en España. Entre 2021 y 2023, se presentaron unas 600 peticiones de amparo motivadas por los retrasos en los procedimientos judiciales, lo que refleja una tendencia creciente en los últimos años. De hecho, en la última década, el número de recursos ha aumentado en un 40%. En 2013 se registraron 77 recursos, mientras que en 2023 la cifra ascendió a 191. Específicamente, en 2022 hubo 212 recursos de amparo, y en 2021, 178.

Un caso reciente ilustra esta problemática. Un grupo de empresarios acusados de prostitución con menores ha estado esperando juicio durante 10 años, lo que ha resultado en una reducción de las condenas debido a las dilaciones indebidas. Esta situación no es aislada, ya que en Andalucía los juzgados de lo social están señalando juicios para fechas tan lejanas como 2027, evidenciando el colapso del sistema judicial, especialmente en lugares como Sevilla.

El artículo 24.2 de la Constitución Española establece el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas, pero a pesar de ello, el Tribunal Constitucional ha dictado sentencias en las que concluye que los defectos estructurales y la excesiva carga de trabajo no son justificación suficiente para evitar la declaración de vulneración de este derecho. 

El problema ha llegado también al ámbito internacional. Un ciudadano español presentó una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por un juicio programado a más de tres años vista, solicitando 20.000 euros de indemnización al Estado. Su recurso de amparo había sido previamente desestimado por el Tribunal Constitucional, alegando que no existía vulneración de derechos fundamentales.

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
AHORA EN LA PORTADA
ECONOMÍA