La Audiencia Nacional decide si tiene competencias para juzar a Trapero por rebelión
Trapero, Puig y Soler están acusados de rebelión y se enfrenta cada uno a 11 años de prisión, según el escrito de acusación de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Para Laplana, sin embargo, el Ministerio Público solicita cuatro años de cárcel por un delito de sedición.
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional celebrará el próximo martes, 5 de febrero, la vista sobre el artículo de previo pronunciamiento por rebelión contra el exjefe de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero, en la cual deberá dirimir si este tribunal es competente para juzgar el caso.
Fue el ex secretario general de Interior de la Generalitat de Catalunya César Puig, también acusado en la causa, quien pidió a la Sala la celebración de esta vista. Otro de los investigados, el exdirector de los Mossos Pere Soler, se adhirió al escrito, mientras que Trapero y la intendente de la policía autonómica Teresa Laplana presentaron alegaciones.
Trapero, Puig y Soler están acusados de rebelión y se enfrenta cada uno a 11 años de prisión, según el escrito de acusación de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Para Laplana, sin embargo, el Ministerio Público solicita cuatro años de cárcel por un delito de sedición.
La vista del artículo de previo pronunciamiento es uno de los pasos previos a la celebración de un juicio en las causas con petición fiscal de más de 9 años de prisión. Suele dirimir cuestiones como la competencia de un tribunal para juzgar una causa, como ya ocurrió en el Tribunal Supremo con el procedimiento que se sigue allí contra el 'procés'.
En el caso de la Audiencia Nacional, que también juzgará hechos relativos al 'procés' (concretamente la actuación de los Mossos d'Esquadra los días 20 y 21 de septiembre y en el referéndum del 1-O), la defensa de César Puig también ha solicitado la convocatoria de la vista del artículo de previo pronunciamiento.
La Sección Primera de la Sala de lo Penal, que preside la magistrada Concepción Espejel, ha fijado esta vista para el martes a las 10.30 horas. Después, el tribunal deberá deliberar y tomar una decisión, que quedará plasmada en un futuro auto.
MUCHA CARGA DE TRABAJO EN LA AUDIENCIA NACIONAL
En caso de que la Sala decida seguir adelante y se considere competente para juzgar esta causa por rebelión, la vista oral no comenzará previsiblemente hasta dentro de unos meses, no antes de verano, debido a la gran carga de trabajo de la Audiencia Nacional y el número limitado de salas en las sedes de la calle Génova y el municipio de San Fernando de Henares.
Por tanto, podría darse la circunstancia de que el juicio contra del mayor de los Mossos, la intendente y los exjefes políticos de la policía autonómica no empiece hasta después de la finalización del juicio en el Supremo e incluso después de que se emita la sentencia.
Además, la situación personal de Trapero, Soler, Puig y Laplana es diferente a la de nueve de los 12 acusados en la causa del alto tribunal, ya que, a diferencia de éstos, los cuatro acusados de la Audiencia Nacional no están en situación de prisión provisional, por lo que la vista oral no requiere la misma celeridad.
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