El Tribunal Constitucional rechaza la argucia legal de Forcadell
Inadmite el recurso de amparo de Forcadell contra el auto de Llarena de no estudiar su recusación, cuyo fallo se adelantó la semana pasada.
El Tribunal Constitucional (TC) recuerda a los acusados por el 'procés' independentista en Catalunya que el cauce legal para denunciar las presuntas vulneraciones de derechos constitucionales es la propia vía judicial mientras el procedimiento penal esté en curso. Es decir, que antes de acudir al tribunal de garantías deben de agotar todos los recursos previstos en el Tribunal Supremo.
El Pleno del TC ha dado a conocer este lunes la sentencia en la que se inadmite el recurso de amparo presentado por la expresidenta del Parlament Carme Forcadell contra el auto del juez instructor de la causa Pablo Llarena en la que rechazó de plano estudiar la recusación planteada contra él por falta de imparcialidad. El fallo fue adelantado el pasado martes, 12 de febrero.
Los magistrados decidieron de forma unánime rechazar esta demanda de amparo de Forcadell --que se enfrenta a 17 años de prisión por el delito de rebelión-- al considerar que ésta ha sido presentada de forma "prematura" porque el procedimiento en el que se encuentra inmersa, y por la que está en prisión preventiva, aún sigue "en curso".
"En aquellos casos en los que el proceso aún no ha concluido por decisión que se pronuncie sobre la condena o absolución, e incluso en los que la celebración del juicio oral no ha tenido lugar, resulta prematura la invocación de lesiones que podrían ser examinadas ulteriormente en el curso del proceso", explica la sentencia.
Por tanto, "el marco natural en el que ha de intentarse la reparación del derecho constitucional vulnerado por la actuación del órganos jurisdiccional es el mismo proceso judicial previo", añade.
PENDIENTE DESDE SEPTIEMBRE DEL AÑO PASADO
El tribunal de garantías tenía pendiente este asunto desde principios del mes de septiembre de 2018 cuando admitió a trámite este recurso de amparo después de que, tres meses antes, el juez Llarena inadmitiese la recusación de Forcadell al considerarla extemporánea y un fraude procesal.
Tras ello, la exmandataria actualmente en prisión acudió en amparo al Tribunal Constitucional, pues entiende que esta decisión vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías, a la defensa y al juez imparcial. Las defensas del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y de la exconsejera Dolors Bassa, ambos en prisión preventiva por el 'procés', se adhirieron a este recurso.
El TC aceptó estudiar esta cuestión por si "plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal" y porque el recurso "puede dar ocasión al Tribunal para aclarar o cambiar su doctrina como consecuencia de un proceso de reflexión interna".
RESPUESTA SIMILAR
Ha contestado de forma similar que a los recursos presentados por la propia Forcadell y la exmiembro de la Mesa Anna Simó sobre la competencia "objetiva y funcional" del alto tribunal para investigar y enjuiciar el 'procés' independentista.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) explicó entonces que los recursos fueron planteados antes de lo previsto en el proceso de amparo y que, por tanto, deberían haber agotado previamente la vía judicial ante el Tribunal Supremo con el planteamiento de un "artículo de previo y especial pronunciamiento" que solicitara la declinatoria de jurisdicción. Este trámite se celebró después, el pasado 18 de diciembre, cuando el alto tribunal reafirmó su competencia.
Escribe tu comentario