Los mossos que escoltaron a Puigdemont en el extranjero se enfrentan hasta a 6 años de cárcel

La instrucción, llevada a cabo por el juez Manuel García Castellón en la Audiencia Nacional, toca a su fin. Los mossos que acompañaron al prófugo se enfrentan a un delito de encubrimiento.

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Carles puigdemont 03102018

 

Carles puigdemont 03102018


La causa en la Audiencia Nacional contra las cuatro personas que acompañaban al expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, cuando fue detenido hace ahora un año en Alemania enfila su recta final con el foco puesto en los dos agentes de los Mossos d'Esquadra que formaban parte de la expedición para trasladar al prófugo desde Finlandia hasta Bélgica, y que habrían incurrido en un presunto delito de encubrimiento del delito de rebelión, según fuentes jurídicas.


Puigdemont se encontraba en Finlandia participando en una conferencia cuando el juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, reactivó una orden europea de detención y entrega contra él en marzo de 2018. El expresident viajó en coche en dirección a Bélgica, país en el que se ha instalado desde que huyó de la justicia española, acompañado de los mossos Carlos de Pedro López y Xavier Goicoechea, del historiador Josep Lluís Alay y el empresario Josep María Matamala, y el vehículo fue interceptado en Alemania.


Tras una investigación en que los cuatro acompañantes fueron imputados en la Audiencia Nacional por un delito de encubrimiento del delito de rebelión, el anterior instructor de la causa, Diego De Egea, archivó el caso al entender que los agentes estaban de permiso y que todos desconocían que se había reactivado la orden europea de detención contra el expresident.


Sin embargo, ellos mismos declararon en la Audiencia Nacional que su propósito cuando salieron de España para recoger en Finlandia a Puigdemont era precisamente acompañarle hasta Bélgica para que se pusiera a disposición de las autoridades, como era su intención, en vista del movimiento que había emprendido el juez Llarena.


El pasado mes de enero, la Sección Tercera de la Audiencia Nacional reabrió la causa en línea con el criterio de la Fiscalía y con De Egea ya fuera de esta instancia, pues en diciembre renunció al puesto, ordenó al juez Manuel García Castellón que siguiera adelante con el caso.


NO HACEN FALTA MÁS DILIGENCIAS


No obstante, no se han practicado nuevas diligencias porque las fuentes consultadas consideran que ya no hay necesidad y la causa ya estaría lista, si así lo considera el instructor, para el auto de procesamiento y la presentación del escrito de acusación por parte de la Fiscalía: tanto los dos Mossos como Alay prestaron declaración en su momento y al empresario Matamala, al que se citó sin éxito, se le ha dado por ilocalizable.


En todo caso, el peso de la acusación por encubrimiento del delito de Puigdemont recaería sobre todo en los dos agentes, dado que fueron ellos quienes partieron ex profeso desde España para escoltarle y a sabiendas tanto de que tenía una causa pendiente en el Tribunal Supremo, como de que se había reactivado una orden europea de detención.


Mientras, Matamala y Alay quedarían en un segundo plano, dado que ellos no viajaron para acompañar a Puigdemont a sabiendas de la orden, sino que ya estaban con el expresident cuando fue reactivada y se produjo la detención.


Pesa asimismo el carácter de funcionarios de los dos mossos pese a su alegación de que estaban de permiso, frente al empresario y el historiador, cuyo rol a priori, sería equiparable al del resto de personas que acompañan a Puigdemont dentro y fuera de Bélgica cada vez que se mueve por Europa para participar en algún evento.


El delito de encubrimiento está penado en España con entre tres meses y seis años de cárcel aunque puede conllevar una inhabilitación profesional de hasta doce años si se constata que quien lo cometió lo hizo en abuso de sus funciones públicas y que el delito que encubría fuese grave. En este caso, sería el de rebelión imputado a Puigdemont.

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