El Supremo se inclina por no declararse competente para decidir si puede haber debate electoral en prisión
El alto tribunal sí es competente sobre la posible libertad y otras cuestiones relativas a la situación de los presos que mantiene en prisión preventiva.
La Sala que juzga el procés independentista en el Tribunal Supremo ha dictado una providencia este martes en la que señala su falta de competencia en la cuestión que le ha sido remitida desde la Junta Electoral Central (JEC) sobre la posible celebración de un debate electoral en la prisión de Soto del Real (Madrid) que solicita el candidato al Congreso por JxCat Jordi Sànchez, ex presidente de la ANC y para quien se solicitan 17 años de cárcel por rebelión en este procedimiento.
Señala que de acuerdo a la Constitución y a la Ley General Penitenciaria "no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral" y tampoco le incumbe la fijación de un determinado régimen penitenciario.
El alto tribunal sí es competente sobre la posible libertad y otras cuestiones relativas a la situación de los presos que mantiene en prisión preventiva.
Los afectados por esta medida son el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los ex consellers Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y del propio Sànchez.
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