El Supremo da vía libre a Junqueras para preguntar sobre la inmunidad ante la justicia europea

El tribunal que juzga la causa del 'procés' habilita un plazo de tres días a todas las partes en el procedimiento para que se pronuncien sobre el planteamiento de la cuestión prejudicial.

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Alegato final de Oriol Junqueras

 

El tribunal que juzga la causa del 'procés' independentista ante el Tribunal Supremo ha activado el trámite para plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal Europeo de la Unión Europea (TJUE) sobre el alcance de la inmunidad de los europarlamentarios. En concreto, habilita un plazo de tres días a todas las partes en el procedimiento para que se pronuncien sobre el planteamiento de la cuestión prejudicial.


Alegato final de Oriol Junqueras


La cuestión, de plantearse, se haría a petición de la defensa del exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras, que la propuso en el recurso de súplica que interpuso el pasado 16 de junio después de que el alto tribunal rechazara darle un permiso extraordinario para salir de prisión y poder jurar su cargo de eurodiputado ante la Junta Electoral Central (JEC).


El letrado de Junqueras, Andreu Van den Eynde, sugería en su escrito de súplica que si el Supremo seguía teniendo dudas sobre si su cliente podía recoger el acta con vista a la constitución del Parlamento Europeo el próximo 2 de julio, quizá sería necesario plantear alguna cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). A juicio del abogado, que propone en su escrito hasta seis cuestiones a plantear, esta medida permitirá "garantizar una aplicación uniforme del Derecho de la Unión Europea en todo el territorio de la Unión".


LA FISCALÍA NO LO CREE NECESARIO


La Fiscalía ya se manifestó el pasado día 20 sobre este aspecto particular, para señalar que el planteamiento de esta cuestión prejudicial ante el tribunal europeo resulta innecesaria al estar "completamente clara la interpretación dada por el Tribunal Supremo a los artículos relativos al derecho de sufragio pasivo de los parlamentarios" en la primera resolución que denegó el permiso a Junqueras.


Ello se hizo, además, conforme a la normativa europea y la Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), por lo que no debe promoverse la acción solicitada por el líder independentista en prisión a juicio del Ministerio Público.


No obstante, en la providencia dada a conocer este martes la Sala señala que "atendida la posible incidencia" del asunto en la situación personal de Junqueras procede volver a preguntar a todas las partes para que se pronuncien, entre otras cuestiones, sobre la necesidad o no de que el Supremo dirija al TJUE una cuestión prejudical "acerca del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea y su incidencia en la concesión del permiso" solicitado por Junqueras para asistir ante la JEC y cumplimentar los trámites necesarios para adquirir la condición de miembro del Parlamento Europeo.


Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado y el resto de partes personadas en el 'procés' deberán presentar también alegaciones sobre el contenido de la cuestión o cuestiones que habrían de formularse ante el TJUE.

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