Sentencia clave: condenan al Santander por una compra de acciones engañosa en plena crisis económica

Es la primera vez que un tribunal se remonta tan atrás en el tiempo en las causas sobre las acciones del Banco Popular. Según la sentencia, el Popular ofreció desde 2008 una imagen externa de fortaleza y rentabilidad que no se correspondía con la realidad.

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Banco santander ep

 

El Juzgado de Primera Instancia número 32 de Barcelona ha condenado a Banco Santander a devolver al demandante lo que invirtió en acciones de Banco Popular en febrero de 2009. Es la primera vez que una sentencia se retrotrae tan atrás en el tiempo para condenar al Santander, como entidad sucesora del Popular tras la adquisición del banco fallido.


La demanda, interpuesta por Durán&Durán Abogados, estuvo acompañada de un informe pericial que concluye que Popular, en plena situación de crisis, decidió apostar a partir de 2008 por un aumento crediticio a favor de sus clientes históricos, familiar y pymes, lo que derivó en un "aumento espectacular" de la morosidad.


A su vez, el banco ofreció entre 2008 y 2015 una imagen externa de fortaleza y rentabilidad, cuando existía una incorrecta política crediticia extremadamente arriesgada que no se reflejaba en las cuentas anuales, por lo que Popular "escondió la magnitud del problema a sus accionistas con una información falsa de sus estados financieros, donde la morosidad de sus clientes y la gran cantidad de activos tóxicos existentes no se encontraban debidamente provisionados".


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Según el perito, la entidad reflejó una imagen irreal de beneficios y no una situación de pérdidas reales, distorsionando la imagen fiel, no acudió a la Sareb para sanear sus inmuebles improductivos e intentó ocultar la situación a través de ampliaciones de capital que no fueron suficientes.


La jueza ha compartido las conclusiones contenidas en el informe pericial adjunto a la demanda, resaltando la trascendencia de las cuentas anuales, que cubren las necesidades de los usuarios en un proceso de toma de decisiones, tanto a la hora de comprar como de vender o mantener sus acciones.


"Toda esta información, no ajustada a la realidad, hizo que los inversores, y entre ellos la demandante, decidiera suscribir la orden de compra de 27 de febrero de 2009 y conservar estas acciones sobre la base de una información incorrecta que no reflejaba la imagen fiel de la mercantil, esperando obtener rendimientos positivos", explica en su fallo.


En la misma línea, la jueza considera que "no resulta lógico ni explicable que se hubiese producido la debacle bancaria del Banco Popular si las cuentas hubieran sido reales" y que la debacle de 2017 "venía de muchos años antes de la ampliación de capital de 2016".


Por todo ello, el Juzgado ha condenado a Banco Santander a reintegrar a la parte demandante la cantidad inicialmente invertida, más los intereses legales, imponiendo también las costas a la entidad bancaria.


Aunque no es la primera ocasión que el Santander resulta condenado por la información engañosa que el Popular distribuyó sobre su situación financiera, nunca una sentencia había ido tan atrás en el tiempo. Según fuentes del bufete Durán&Durán Abogados, este fallo abre la puerta a futuras reclamaciones que podrían remontarse a la época en que estalló la crisis económica en nuestro país.

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