El juez desestima el recurso de Torra en el juicio por desobediencia

Dudaba de la imparcialidad de los miembros del tribunal.

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Mossos retiran pancarta generalitat

 

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, contra la decisión adoptada por el tribunal durante su juicio de rechazar la presentación de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), ha informado este jueves el TSJC.


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En un auto, el tribunal desestima la petición de Torra "por no caber recurso alguno contra la decisión adoptada, sin perjuicio de su articulación contra la sentencia que ponga fin al juicio oral, si fuese el caso", por lo que devuelve el escrito.


La defensa de Torra presentó un recurso de súplica al TSJC contra la decisión pronunciada por el magistrado presidente del órgano, Jesús María Barrientos, de rechazar la presentación de cuestiones prejudiciales al final del juicio al mandatario catalán por presunta desobediencia al colocar en edificios públicos pancartas y símbolos a favor de los políticos presos.


En el escrito de recurso, los abogados Gonzalo Boye y Isabel Elbal han alegado que los magistrados del TSJC acordaron el rechazo a las cuestiones prejudiciales prescindiendo "total y absolutamente de las normas de procedimiento causando efectiva indefensión".


En el juicio, Barrientos indicó a Boye que había hecho un planteamiento "extemporáneo" de las cuestiones prejudiciales y que las debió realizar en el trámite de las conclusiones definitivas, no al terminar su informe, para permitir al resto de partes formular sus alegaciones.


El abogado había pedido al TSJC que planteara cinco cuestiones prejudiciales al TJUE, referidas a la imparcialidad de los miembros del tribunal que deben dictar sentencia sobre Torra y a la posibilidad de condenarle a una inhabilitación que afecte a su derecho a ser elegido para ejercer cargos europeos.


En el recurso, los letrados de Torra afirmaban que la denegación de las cuestiones prejudiciales vulnera el derecho a un proceso con todas las garantías, el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho al juez imparcial: "Nuestros planteamientos iban y van en directa relación con la falta de imparcialidad del Juez de Instrucción y de algunos de los miembros" de la Sala que juzgó al presidente de la Generalitat.

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