Un juez prohíbe poner un lazo amarillo en el Ayuntamiento de Barcelona
Considera que vulnera el derecho fundamental a la igualdad.
El Juzgado Contencioso Administrativo 6 de Barcelona ha prohibido al Ayuntamiento de Barcelona colocar una pancarta con el lazo amarillo u otros símbolos en edificios públicos, porque considera que vulnera el derecho fundamental a la igualdad.
El juez ordena "la retirada inmediata y definitiva" de lazos amarillos y cualquier símbolo partidista de las dependencias municipales, y no contempla la vulneración del derecho fundamental a la libertad ideológica que alegaban los demandantes.
La asociación Abogados Catalanes por la Constitución presentó un recurso contencioso-administrativo el 29 de julio de 2019, en periodo no electoral entre las elecciones municipales de mayo y las generales de noviembre, y el juez dictó la sentencia el martes.
El consistorio quitó de la fachada una pancarta con un lazo amarillo el 28 de septiembre, a requerimiento de la Junta Electoral Central (JEC), que aceptó la reclamación planteada por Societat Civil Catalana (SCC) en una denuncia.
El edificio ya había exhibido la pancarta anteriormente: estuvo en la fachada hasta mayo de 2019, el consistorio la retiró por las elecciones municipales y la volvió a colgar tras la investidura.
LIBERTAD IDEOLÓGICA
El presidente de Abogados Catalanes por la Constitución, Ramón de Veciana, ha destacado que hasta ahora había resoluciones de este tipo durante época electoral, pero la novedad en este caso es el procedimiento, alegando a la "protección y los derechos fundamentales de los ciudadanos".
"Vulnera el derecho de libertad ideológica porque la Administración adapta una ideología como oficial", argumenta De Veciana.
La entidad tiene en marcha un recurso de este tipo contra la Generalitat en el Tribunal Supremo, y no descarta hacer lo mismo en otras instituciones, como otros ayuntamientos, o diputaciones, consejos comarcales o mancomunidades.
No obstante, destaca De Veciana, el objetivo de Abogados Catalanes por la Constitución no se centra tanto en el número de denuncias como en "consolidar una jurisprudencia para que cualquier ayuntamiento o institución sepa que, si lo hace, puede ser tipificado como delito de vulneración de los derechos fundamentales, ya no se trata solo de un tema administrativo, sino que puede tener trascendencia penal".
Los letrados de Abogados Catalanes por la Constitución pedían, en su demanda, "el reconocimiento y declaración de que la colocación del lazo amarillo símbolo partidista en un edificio público municipal ha vulnerado el derecho fundamental de los recurrentes a la libertad ideológica".
Sobre la exhibición del lazo amarillo, la sentencia dice que "la ostentación de ese símbolo partidista en los edificios municipales choca frontal y manifiestamente con los principios de neutralidad institucional y objetividad a los que está sometida la Administración Pública".
También dice sobre el consistorio que la función de las administraciones públicas "no es otra que cumplir con objetividad los intereses generales" con pleno sometimiento a la ley y al derecho.
PP
En esta misma línea, el presidente del PP en el Ayuntamiento de Barcelona, Josep Bou, ha reclamado al Gobierno de Ada Colau que retire "los lazos amarillos que todavía están colgados en algunas sedes de distrito como Gràcia", para cumplir con la neutralidad institucional.
En un comunicado, ha señalado que el tiempo les "ha dado la razón y el Ayuntamiento por fin cumplirá con la neutralidad institucional".
Para Bou, "simbología política como el lazo amarillo no representa a Barcelona, solo representa a una parte", por lo que considera que debía retirarse para cumplir con la neutralidad y pluralidad que se debe preservar en las administraciones públicas.
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