​La justicia desestima los recursos de los presos del 1-O y confirma la suspensión del tercer grado

Esta decisión afecta a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Quim Forn, Jordi Sànchez y Jodri Cuixart.

|
Los presos del 1-O, dentro del recinto penitenciario de Lledoners tras su comparecencia en Sant Joan de Vilatorrada, Barcelona, Catalunya (España), a 28 de julio de 2020.

 

La titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Cataluña ha desestimado los recursos presentados por los condenados por el Tribunal Supremo por el 1-O a su decisión de suspender la clasificación en tercer grado, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).


Los presos del 1-O, dentro del recinto penitenciario de Lledoners tras su comparecencia en Sant Joan de Vilatorrada, Barcelona, Catalunya (España), a 28 de julio de 2020.


En siete resoluciones consultadas, la jueza rechaza los recursos de las defensas del líder de ERC, Oriol Junqueras; los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull, Quim Forn y Josep Rull; el expresidente de la ANC, Jordi Sànchez; y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.


El mismo juzgado suspendió el tercer grado de los presos del 1-O a raíz de un recurso de la Fiscalía, y las defensas de todos los implicados presentaron un recurso de reforma contra la providencia de la magistrada, que resolvió dar una "tramitación urgente y preferente" a los recursos del fiscal.


Así, la jueza avala el argumento del fiscal, que sostuvo que la presentación del recurso debía implicar la suspensión inmediata del tercer grado, aunque aprecia "una laguna legal que comporta dificultad y complejidad para el día a día" de la jurisdicción de vigilancia penitenciaria.


Las defensas argumentaron que el recurso al tercer grado es suspensivo contra una decisión judicial, pero no contra una administrativa -en este caso, de la junta de tratamiento de la cárcel de Lledoners-, y la Fiscalía pidió una interpretación extensiva para retirar la semilibertad de forma inmediata.


Como mantuvo el fiscal, la magistrada resuelve que, si se dan efectos suspensivos al recurso contra el auto de un juez, "con mayor razón procede aplicarlos respecto a una mera resolución administrativa, pues lo contrario iría contra toda congruencia y contra el más mero sentido común", y considera contravendría la nueva doctrina del Tribunal Supremo (TS).


DOCTRINA DEL SUPREMO

Se refiere a la nueva decisión del Supremo que fija que no serán las Audiencias Provinciales sino el tribunal sentenciador quien tenga la última palabra sobre el régimen penitenciario de los condenados, por lo que las defensas de los presos del 1-O deberán acudir a la Sala de lo Penal del Supremo si recurren de nuevo esta decisión.



El texto de la jueza añade que toma estas decisiones "sin prejuzgar ni entrar a conocer del fondo del asunto principal", la progresión a tercer grado que recurrió el fiscal, y que la jueza resolverá en los próximos días.


Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
AHORA EN LA PORTADA
ECONOMÍA