Otro juzgado tumba la prohibición de fumar sin distancia
Tampoco se ratifican las medidas de no permitir las salidas de residentes de centros sociosanitarios salvo razones de fuerza mayor, la suspensión de actividades colectivas de ocio o el cierre cautelar de parques y jardines.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real, en funciones de guardia, ha dictado un auto este domingo en el que, al igual que hizo este sábado con Alcázar de San Juan, tampoco ratifica medidas propuestas por el delegado provincial de Sanidad para este municipio como la obligación de usar mascarillas en cualquier espacio, incluyendo espacios cerrados privados y domicilios y sin distinguir edad, y la prohibición de fumar en terrazas, independientemente de la distancia, por considerar que no reúnen los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulneran de manera absoluta derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación.
Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), tampoco se ratifican las medidas de no permitir las salidas de residentes de centros sociosanitarios salvo razones de fuerza mayor, la suspensión de actividades colectivas de ocio o el cierre cautelar de parques y jardines.
En cambio, el resto de medidas resueltas por la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real sí se han ratificado judicialmente para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad.
El auto de ratificación de medidas sociosanitarias ha sido notificado al Ministerio Fiscal, a la Consejería de Sanidad, al Ayuntamiento de Campo de Criptana, a la Comandancia provincial de la Guardia Civil en Ciudad Real, al Puesto de la Guardia Civil de Campo de Criptana, a la Subdelegacion del Gobierno en Ciudad Real y al Gabinete Jurídico de la Junta.
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