Los pros y contras de la reforma de la nueva Ley Concursal
El Gobierno ha presentado un Anteproyecto de Reforma de la Ley Concursal que ha provocado el rechazo de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC).
Cualquier ciudadano que entre a la página web del Gobierno del Estado puede leer sus explicaciones sobre el Anteproyecto de Reforma de la Ley Concursal. Una reforma que desde Moncloa consideran altamente beneficiosa para todos en cualquier aspecto, pero que no ha generado la misma opinión ni en las empresas ni en la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC).
EL ESTADO CREE QUE ESTA LEY CONCURSAL FAVORECE A LAS EMPRESAS
Según relatan desde el Gobierno, esta reforma “favorece la refinanciación de las empresas y los acuerdos preconcursales y concilia la satisfacción de los acreedores con la recuperación de la situación de solvencia empresarial”.
Además, señalan que “se otorgan mayores atribuciones a los administradores concursales, exigiéndoles en consecuencia mayor responsabilidad, todo ello para asegurar la viabilidad empresarial o, en su caso, la solución más rápida del proceso concursal”. Por otro lado, indican que permitirá “descongestionar los juzgados de lo mercantil”.
SALVADOR GUILLERMO (FOMENT): “PUEDE HABER UN ALUD DE EMPRESAS QUE PIDAN UN CONCURSO DE ACREEDORES”
Salvador Guillermo, Secretario General Adjunto de Foment del Treball /@FomentTreball
Sin embargo, Salvador Guillermo, Secretario General Adjunto de Foment del Treball, en declaraciones a Catalunyapress, ha relatado que esta descongestión no va a verse. Así, ha explicado que “la moratoria derivada del Covid-19 acaba el 31 de diciembre y puede haber un alud de empresas que pidan el concurso de acreedores”. Y es que tal y como señala, sin importar cuál sea su situación económica, “la moratoria hace que no estén obligados a hacerlo” por ahora.
Por otro lado, preguntado sobre qué opinan las empresas de este anteproyecto de ley, Guillermo ha indicado que “hay que hacerse a la idea de que a veces, lo que parece ser bueno para Hacienda, no es bueno para el país”. Así, ha resaltado que “lo que es bueno para las empresas es generar ocupación”.
Sin embargo, sí cree que esta reforma de la ley tiene aspectos positivos. Entre ellos, destaca “el procedimiento especial para pymes o la incorporación del proceso electrónico y las vistas telemáticas”, algo que como verán a continuación, desde la Asociacion Profesional de Administradores Concursales creen que han implementado en exceso.
JORDI CASTELLS (ASPAC): “LA REFORMA DE LA LEY CONCURSAL DEBERÍA POTENCIAR LA FIGURA DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL”
Jordi Castells, miembro de la Junta Directiva de ASPAC /@ASPAC
Desde la Asociación Profesional de Administradores Concursales, por su parte, se han mostrado totalmente en contra a esta reforma. Señalan que “entre las modificaciones que entrarían en vigor antes del 30 de junio de 2022 destaca la exclusión de la figura del administrador concursal en los procedimientos de la segunda oportunidad y en el denominado ‘procedimiento especial para microempresas’”. Algo que convertiría a España “en el único país de Europa en el que el administrador concursal es excluido de los procesos de insolvencia y es percibido como el culpable del fracaso del sistema”.
En declaraciones a Catalunyapress, Jordi Castells, miembro de la junta directiva de ASPAC, denuncia esta situación y apunta que “el Anteproyecto de Reforma de la Ley Concursal debería potenciar la figura del administrador concursal, que junto a la transformación digital son elementos principales para la eficiencia del procedimiento”.
Además, Castells informa de que “el anteproyecto apuesta por la digitalización del procedimiento, en algunos casos de manera muy atrevida, ya que da por supuesto que todos los deudores y operadores del procedimiento tienen las habilidades digitales que la gestión del procedimiento requerirá, pero, en cambio, no sólo no potencia, sino que obvia en algunos procedimientos al administrador concursal”.
En esta línea, este miembro de la directiva de ASPAC expresa su malestar porque “en el caso del procedimiento especial para las microempresas, se establece un procedimiento en el que solamente es designado un administrador concursal en casos excepcionales”. Un hecho que “supone renunciar a la práctica y experiencia de unos profesionales que venían realizando, hasta la fecha, las funciones de estudio y análisis de la viabilidad, promoción de ventas de unidades productivas, clasificación de créditos, análisis de promoción de acciones de reintegración, informe sobre la generación y agravación de la situación de insolvencia, presentación de ERE’s de extinción de relaciones laborales, certificaciones de créditos para el FOGASA y coordinación de pagos con este organismo, liquidar bienes con privilegio especial, etcétera”.
Además, pese a que el Gobierno dice que la reforma permitirá descongestionar los juzgados de lo mercantil, desde ASPAC opinan como Salvador Guillermo y creen que posiblemente saturará todos los demás. En una nota de prensa de la Asociación, avisaron de que “el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley Concursal podría incrementar la saturación de los juzgados españoles, que enfrentarían la falta de recursos ante el inminente fin de la moratoria concursal y el aumento de los concursos de microempresas”.
Y es que indican en el mismo texto que según los últimos datos publicados por Axesor, la concursalidad ha aumentado en España más de un 46% en los primeros meses del 2021 con respecto al mismo periodo de 2020. Por tanto, insisten en que la situación podría empeorar con el fin de la moratoria.
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