Urdangarin siguió cobrando de Nóos dos años después de su desvinculación
Desde el 2006 al 2008 se hizo con 1,9 millones de euros.
Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres continuaron repartiéndose beneficios dos años después de la "teórica" desvinculación del exduque, que se produjo en marzo del 2006, de las actividades privadas relacionadas con el Instituto Nóos.
De hecho, entre ese ejercicio y 2008, el marido de la Infanta Cristina se hizo con unos beneficios de 1,9 millones de euros.
Así lo ha detallado una funcionaria de la Agencia Tributaria que, junto a otros varios peritos, continúa siendo interrogada en el juicio del caso Nóos.
En su comparecencia, la funcionaria ha señalado que durante 2006, 2007 y 2008 Urdangarin se hizo con el 42 por ciento de los ingresos obtenidos por el entramado, mientras que Torres se apoderó del 58 por ciento restante.
Tal y como ha relatado de forma pormenorizada, ambos exsocios obtuvieron en 2004 --cuando se celebró el primer evento organizado por Nóos de los investigados en la causa, el Valencia Summit-- un total de 1,030 millones de euros, y en 2005, 1,7 millones.
Se trata de las cantidades que Urdangarin y Torres cobraron de la facturación del entramado de empresas que urdieron en torno al Instituto Nóos por su actividad de consultoría y organización de eventos.
Mientras tanto, en 2006 los beneficios fueron de 448.753 euros; en 2007, de 2,6 millones, y en 2008, de 1,4. Sin embargo, durante estos últimos tres años la Agencia Tributaria constató que los ingresos están basados en la cartera de clientes de cada socio, por lo que el reparto del beneficio fue individualizado: el importe imputado a Urdangarin procedía de la facturación obtenida a través de la empresa que comparte junto a la Infanta, Aizoon, así como de rendimientos de su propia actividad, mientras que la diferencia era atribuida por completo a Torres.
Tal y como ha explicado la inspectora de Hacienda, en 2006 Aizoon ya tenía clientes privados, lo que coincidió con la salida de Urdangarin de la dirección de Nóos.
Por ello, a finales de marzo de ese año el exduque pasó a tener clientes privados mientras que "el resto de la actividad con entes públicos y algunos privados se la quedó Torres", que pasó a controlar el Instituto y Nóos Consultoría Estratégica -una de las empresas del conglomerado-.
"CAMBIÓ EL CRITERIO, PERO SIGUIERON TRABAJANDO CONJUNTAMENTE"
"Cambia el criterio, pero la actividad sigue siendo la misma", ha manifestado la perito, quien durante su intervención ha señalado que la única diferencia respecto a los años anteriores radica en que se repartieron la cartera de clientes, "pero siguen trabajando conjuntamente".
Sobre esto, el que fuera contable del Instituto Nóos, Marco Antonio Tejeiro, manifestó en el marco de esta causa que las mercantiles que conformaban el conglomerado formado en torno a Nóos -Instituto Nóos, Nóos Consultoría Estratégica, Intuit, Shiriaimasu y Aizoon- actuaban "bajo la dirección unitaria" de los dos exsocios, quienes ostentaban "un absoluto control y poder de decisión" dentro del entramado.
Según las investigaciones, el giro de facturas falsas entre las mercantiles controladas por Urdangarin y Torres suponía una práctica habitual dentro del conglomerado. Se trataba además de entidades vinculadas entre ellas que operaban en el mercado como si fueran una sola.
FACTURAS CRUZADAS POR IMPORTE DE OCHO MILLONES DE EUROS
Según un informe de la Agencia Tributaria incorporado a la causa, el importe total de las facturas que se cruzaron dentro del conglomerado empresarial llegó a ascender a ocho millones de euros.
Más en concreto, Hacienda precisa que en 2004 la facturación que se efectuó entre las propias empresas de la trama por trabajos supuestamente fictios ascendió a 1,4 millones, mientras que en 2005 fue de 2,1 millones, en 2006 de 2,2, en 2007 de 1,7 y en 2008 de 412.225 euros.
El dictamen destaca cómo "con mucha frecuencia" las facturas se emitían bajo conceptos "extremadamente genéricos o imprecisos", la mayoría de ellas tenían importes "redondos" al tiempo que se han verificado, además, duplicidades respecto a proveedores externos del conglomerado empresarial, "incongruencias" así como "casos notorios de inexistencia del servicio pretendidamente prestado y, en el extremo, de falsificación material de la propia factura".
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