El TSJC obliga al ICS a readmitir a seis facultativos forzados a jubilarse
El seis médicos, defendidos por el gabinete jurídico de Metges de Catalunya, volverán a sus puestos de trabajo y recuperarán el salario dejado de percibir desde entonces.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha obligado al Instituto Catalán de Salud (ICS) a readmitir seis médicos que se vieron forzados a jubilarse el año 2012. Así, los seis facultativos volverán a sus puestos de trabajo y recuperarán el salario dejado de percibir desde entonces, más los correspondientes intereses de demora.
El TSJC ha dictaminado que la entidad no justificó los motivos por los que los facultativos no podían continuar en activo hasta como máximo los 70 años, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Los médicos, que han sido defendidos por el gabinete jurídico de Metges de Catalunya, habían prolongado sus servicios más allá de los 65 años, pero la entidad les aplicó una de las leyes que imponían recortes de derechos y retribuciones a los empleados públicos - ley 5/2012, de 20 marzo-, que, entre otras medidas, establecía que las situaciones de prolongación laboral que ya habían sido autorizadas por el ICS se debían resolver en un periodo máximo de 6 meses- para extinguir sus prórrogas del servicio activo. El ICS, además, lo hizo de forma automática, amparándose en la nueva normativa y sin explicar las motivaciones de estas jubilaciones.
El órgano judicial ha sentenciado que, ni la norma del año 2012 ni el Plan de Ordenación de Recursos Humanos (PORH), pueden eximir la empresa pública de justificar individualmente las razones concretas por las que no existe la necesidad de prolongar la prestación servicios.
Así, en el caso de estos seis médicos, el TSJC resuelve que "no se ha valorado la necesidad de que continuaran en sus puestos de trabajo, ni la justificación de su repentino cese, sin valorar tampoco las necesidades del servicio o de la interés general".
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