Los Presupuestos camuflarán una partida para el referéndum "difícil de impugnar"
El Govern podrá optar por un crédito ampliable bajo el epígrafe genérico de "procesos electorales" basado en el dictamen del Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya elaborado para la consulta del 9N.
La Consellería de Economía de la Generalitat de Catalunya presentará el próximo martes 29 de noviembre sus cuentas en el Parlament.
Será entonces cuando se acabe con la especulación de cómo se las va a arreglar el Govern para incluir una partida presupuestaria para la celebración del referéndum que la CUP exige sí o sí para que las cuentas de 2017 salgan adelante.
Según el secretario de Economía del Govern, Pere Aragonès, esta partida destinada para organizar un referéndum de independencia será "difícil de impugnar". Y ahí se queda la intriga, que será desvelada el martes.
Aragonès ha explicado que, aunque la partida se incluirá de forma que sea difícil de impugnar, en las cuentas quedará reflejado de forma clara que existe "el compromiso político" del Govern de organizar esta votación.
POSIBLE INPUGNACIÓN
El Govern necesita poner varios cebos, tanto para los ‘cupaires’, que llevan jugando a los condicionales desde hace meses, como para el Estado, puesto que la Generalitat está dispuesta a bordear la legalidad al límite.
Un juego complicado si además se tiene en cuenta el doble discurso de Carles Puigdemont, que habla de “referéndum o referéndum” al tiempo que dice estar dispuesto a negociarlo.
El Parlament celebrará el debate sobre la admisión a trámite de los Presupuestos a mediados de diciembre y tiene previsto hacer el debate final a principios de febrero.
Sin embargo, si algún partido decidiera impugnar las cuentas ante el Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya (CGEC) por la partida del referéndum, el debate final se retrasaría al menos un mes --principios de marzo-- hasta que se pronunciara el órgano consultivo.
UN AS EN LA MANGA
El próximo martes nos podemos encontrar con tres escenarios. El primero serán unos presupuestos en los que se refleje una mención a ese "compromiso político" del Ejecutivo catalán para la celebración del referéndum, pero sin una partida específica para tal fin.
La otra alternativa sería la inclusión de una partida específica, lo que daría vía abierta a la abogacía del Estado para impugnarla.
La otra será camuflarla. La artimaña se basaría en la experiencia anterior, con los preparativos de la consulta del 9N.
Por aquel entonces, Ciudadanos y PP impugnaron la partida destinada a la consulta --un crédito ampliable-- destinado a "procesos electorales y consultas".
Esto llevó a que el 9 de enero de 2014, el CGEC elaborara un dictamen que reforzó la constitucionalidad de una partida como esta, ya que la Generalitat tiene competencia para convocar elecciones al Parlament y porque el artículo 122 del Estatut de Catalunya da competencias al Govern en materia de consultas populares.
Una competencia que, por el momento, no ha sido suspendida. Así, lo más probable es que esa partida "difícil de impugnar" sea un crédito ampliable bajo el concepto genérico de "procesos electorales" que, en principio, la abogacía del Estado no podría tumbar.
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