Oleguer Pujol citado a declarar el 12 de enero por presunto blanqueo de capitales
De la Mata, que asume toda la causa de los Pujol, linvestiga las comisiones cobradas en la compraventa de 1.152 sucursales bancarias del Santader por parte del hijo menor del experisente.
El juez de la Audiencia Nacional, José de la Mata, ha citado el próximo 12 de enero a Oleguer Pujol, el menor de los siete hijos del expresidente catalán Jordi Pujol, para declarar como imputado por un delito de blanqueo de capitales. Un día antes interrogará por el mismo delito, y también como investigados, a Javier y Gabriela de la Rosa Misol, así como a José Luis y José María Villalonga.
El juez quiere interrogarles por la operativas de "ocultamiento y blanqueo de la comisiones que fueron cobradas por distintas personas físicas con motivo de la operación de compraventa de 1.152 sucursales bancarias del Banco Santander, mediante la utilización de estructuras societarias radicadas en terceros países y la subcontratación en cadena de los servicios solicitados, consiguiendo así que la Hacienda Pública no fuera conocedora de la percepción de las mismas".
El juez ha adoptado esta decisión tras acordar que debe acumular en su juzgado la investigación sobre la familia Pujol que seguía el también juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, que se había inhibido en favor de De la Mata.
En el auto en el que acepta asumir la investigación a Oleguer Pujol, De la Mata considera que existe conexión entre su investigación al expresidente catalán, su mujer, Marta Ferrusola, y cinco de sus hijos y la de Pedraz a Oleguer, por lo que su acumulación en una sola causa resulta “no ya solo funcional, sino asimismo necesaria”.
Esa conexión, según el juez, se acreditaría por los vínculos existentes entre los miembros de la familia, sus pautas comunes de comportamiento, la coordinación de actividades, la asignación de roles, la distribución o reparto de cantidades multimillonarias entre todos ellos en función de los ingresos que recibían en las cuentas bancarias ocultas que mantenían en jurisdicciones extranjeras y el particular sistema de rendición de cuentas para controlar esos repartos de fondos.
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