La mujer de Higini Cierco será juzgada por el caso BPA

Sin entrar en el fondo de las acusaciones, parece evidente que en este caso no sería aplicable el argumento de la ignorancia de las mujeres de acusados, que lo firmaban todo sin leer, porque supuestamente su papel fue activo, al enviar el mensaje informático personalmente al jefe de Gobierno.

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La Alcaldía ha convocado para el 2 de febrero una vista de ordenanza penal (sistema de juicio rápido para los delitos de menos de cuatro años de petición de prisión) en el que se juzgará la mujer de Higini Cierco. La causa proviene de los WhatsApp que Carmen Martínez envió a Toni Martí y Gilbert Saboya (se reproducen junto a los que recibió el jefe de Gobierno) y que versan en torno a las actuaciones del Ejecutivo en el caso BPA. La Alcaldía ha considerado que los mensajes tienen una vertiente delictivo y se le imputan coacciones, chantaje, amenazas, injuria a las autoridad y tráfico de influencias. Esta es la calificación de la Alcaldía, pero no debe ser la petición que haga la fiscalía. Es posible, según fuentes cercanas al caso, que el ministerio público termine instante sólo dos o tres de los delitos mencionados.


La instrucción del caso ha determinado que hubo amenazas claras. El mensaje más evidente es el que se envía a Gilbert Saboya en que se explicita: "Eres un mentiroso" ya continuación se añade: "Pero estás en la LISTA." Es a partir de este mensaje, porque anteriormente n había recibido del mismo emisor Toni Martí, cuando el ejecutivo se plantea llevarla a la fiscalía. El mensaje presuntamente amenazador contra Saboya fecha del 24 de agosto de 2016, pero el Gobierno no lleva el asunto al ministerio público hasta unas semanas después. Supuestamente Carmen Martínez también envió mensajes al jefe de Gobierno con la voluntad de pedir que intercediera para poner fin a una situación que desde la familia Cierco se considera injusta. Al mismo tiempo, en los mensajes se reitera la inocencia de los Cierco en todo el asunto BPA.


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La ordenanza penal se utiliza como modelo para cerrar casos referidos a delitos menores, contravenciones penales o delitos mayores en que la pena a pedir sea muy pequeña. Normalmente se descarta pedir pena de prisión, sino que se refiere más a arrestos o multas. Un ejemplo de lo que la alcalde puede decidir pedir en este caso concreto podría ser una pena de arresto domiciliario que sólo se haría efectiva si se vulnerara, por ejemplo, la prohibición de volver a ponerse en contacto con las personas a las que supuestamente ha amenazado.


El funcionamiento es simple. La alcalde comunica a la acusada ya la fiscalía cuáles son los cargos que se le imputan y qué pena se pide para cada uno de ellos. En el caso de Carmen Martínez se trata de cinco presuntos delitos diferentes y por lo tanto debe haber una petición para cada uno. Con la petición que haga la alcalde deben estar de acuerdo tanto la fiscalía como la acusada. En caso de que haya consenso el caso se cierra en ese mismo momento y no hay posibilidad de recurso. Si el ministerio público o la acusada no están de acuerdo en la pena que pide la alcalde la ordenanza penal se suspende y la causa vuelve al camino ordinario de finalizar la instrucción y terminar en un hipotético juicio.



EL TC AVALA LA VENTA DE LA ENTIDAD


El TC no ha admitido a trámite el recurso de amparo de Higini y Ramon Cierco Noguer, Ricard Climent Meca, Frederic Borràs Pàmies y Joan Pau Miquel Prats en que se consideraba que todo el proceso de subasta y venta de BPA vulneraba sus derechos. El TC tampoco ha admitido a trámite la petición de amparo de 22 de los 25 procesados del caso BPA con relación a las quejas respecto que la alcalde Mingorance no habría empezado a investigar las acciones de la policía patriótica española con relación a BPA. Se pedía después de que Higini Cierco afirmara que habían sufrido coacciones por los datos de los Pujol.


LOS PROCESADOS DE BPA PIDEN QUE LA BATLLE MINGORANCE SALGA DEL CASO


La mayoría de los 25 procesados por el caso BPA han sacado adelante una petición de inhibición para la alcalde Canòlic Mingorance, entendiendo que no podía ser ella quien llevara la instrucción del caso. El motivo fundamental se basa en el hecho de que la Alcaldía había un procedimiento antiguo con relación a Rafael Pallardó, el testaferro del mafioso chino Gao Ping. Hay que recordar que esta primera causa del caso BPA está fundamentada en el supuesto blanqueo de cerca de 70 millones de euros a través de Rafael Pallardó y que este dinero se enviaron (muchos de los cuales en compensaciones en España) a familiares del mafioso que residían en China.


Debido a que la Alcaldía ya estaba investigando previamente Pallardó los procesados entienden que debía ser el alcalde que llevaba este caso quien debía tener prioridad para ser designado para hacerse cargo del caso BPA. Esta línea argumental entiende que como Rafael Pallardó está involucrado en la causa, y su testimonio es una de las claves de todo el proceso, debería ser el alcalde que había llevado el anterior asunto quien fuera designado en lugar de Mingorance. Hay que recordar que Mingorance obtuvo la causa del caso BPA porque es una de las dos alcaldes especializadas en delitos relacionados con blanqueo de capitales y corrupción. Y la causa de los 25 procesados tiene el blanqueo como principal delito.

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