El Tribunal Supremo acepta la lista Falciani como prueba incriminatoria
El alto tribunal envía a prisión Sixto Delgado, ingeniero jubilado que había ocultado más de 5 millones de euros en cuentas en Suiza. En el documento figuran más de 500 contribuyentes españoles.
Herve Falciani, exempleado del banco HSBC
El Tribunal Supremo ha aceptado como prueba válida la 'lista Falciani' -documento que recoge el nombre de más de 100.000 clientes con cuentas opacas en el banco británico HSBC-- en la primera sentencia en que se pronuncia sobre el uso de esos datos para fundar una condena por delito fiscal en España.
La Sala Segunda confirma la condena de seis años de cárcel por dos delitos contra la Hacienda Pública para el ingeniero español Sixto D.C. que había ocultado más de cinco millones de euros en cuentas bancarias suizas. Su nombre figuraba junto al de más de 500 contribuyentes españoles en los documentos sustraídos por el exempleado del banco Hervé Falciani, y que dieron origen a la inspección de la Agencia Tributaria española.
El alto tribunal distingue entre dos formas de obtención ilícita de datos a terceros, así, si lo hace la Policía la prueba no es válida de acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que considera nulas las pruebas obtenidas violentando derechos o libertades fundamentales. No obstante si lo hace un particular sin conexión con los aparatos del Estado y que no busca prefabricar pruebas sino obtener lucro -como era el caso de Falciani--, sí puede dársele validez.
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