Multa a cuatro eléctricas por contratar clientes sin su consentimiento
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impone una multa de 155.000 euros a cuatro eléctricas tras recibir reclamaciones de usuarios a los que se les había cambiado de comercializador.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo con un total de 155.000 euros por formalizar contratos de gas y electricidad sin el consentimiento de varios clientes.
El organismo presidido por José María Marín Quemada ha resuelto estos expedientes tras recibir siete reclamaciones de usuarios que presentaron sus denuncias directamente ante la Comisión o a través de las oficinas municipales de información al consumidor.
En estos casos, los clientes denunciaron haber sufrido un cambio de comercializador --compañía que ofrece los servicios de gas y/ electricidad-- sin haber dado su consentimiento.
En consecuencia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, en atención a las circunstancias de cada caso, se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores a estas cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural como responsables de infracciones leves de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
CONTRATOS SIN CONSETIMIENTO DEL CLIENTE
La normativa establece el derecho del consumidor para elegir suministrador, y asimismo, las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes.
La CNMC ya publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los clientes y las comercializadoras de gas y electricidad, cuando se realiza un cambio de suministrador en los contratos de gas y/o electricidad de los usuarios.
Entre otros aspectos, la CNMC recomienda a las comercializadoras que eviten la captación de clientes a través de canales de venta domiciliaria, la contratación telefónica --especialmente en el caso de consumidores vulnerables y personas mayores--. También recuerda que deben identificarse de manera clara ante el consumidor y evitar prácticas o mensajes que generen confusión, entre otros.
La CNMC ha impuesto las siguientes sanciones: Endesa Energía, cinco multas de 20.000 euros cada una de ellas, hasta un total de 100.000 euros, en cuatro expedientes distintos; Iberdrola Clientes, una multa de 30.000 euros; Gas Natural Servicios, una multa de 10.000 euros y Viesgo Energía, una multa de 15.000 euros.
Estas resoluciones pueden ser recurridas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
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