El Constitucional anula la ley de consultas catalana y su plan de Transición Nacional

El magistrado Cándido Conde-Pumpido dictamina que la ley es inconstitucional y tumba el comisionado del gobierno de Puigdemont que prepara las estructuras necesarias para lograr la independencia de Catalunya.

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Constitucional proces

 

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) da un nuevo golpe al proyecto independista del gobierno de Carles Puigdemont. El alto comisionado ha anulado este miércoles por unanimidad parte de la ley catalana de consultas aprobada por el gobierno tripartito en 2010 tras estimar el recurso interpuesto en 2010 por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero contra esta normativa de consultas populares por vía de referéndum. 


El Pleno también ha anulado el Comisionado para la Transición Nacional, creado por el expresident de la Generalitat Artur Mas para preparar la sucesión y que fue suspendió en julio de 2015 tras admitir a trámite el conflicto de competencia promovido por el Gobierno del Partido Popular.


En consecuencia, el alto tribunal ha declarado que una parte sustancial de dicha ley de consulta, toda la que se refiere al referéndum de ámbito autonómico, es inconstitucional y nula, según consta en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido.


Se trata de la Ley 4/2010 aprobada por el gobierno tripartito que lideró el socialista José Montilla-- y suspendida en febrero del año siguiente por el alto tribunal tras admitir a trámite un recurso del Ejecutivo al considerar que vulneraba las competencias del Estado.


Tras su suspenso, el Govern sacó adelante una nueva ley de consultas que fue aprobada por el Parlament catalán en septiembre de 2014 con el voto de CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA, CUP de cara a convocar la consulta independentista del 9-N.


Sin embargo días después de su aprobación ésta fue suspendida por el Tribunal Constitucional tras el recurso presentado por el Gobierno del presidente Mariano Rajoy para frenar la celebración del referéndum y anulada en 2015.


Ahora el Pleno del alto tribunal deja sin efectos también la ley inicial de 2010 al considerar que esta normativa "ha regulado una modalidad de referéndum que no está prevista en la Constitución" y que la competencia autonómica para su regulación podría ejercerse en caso de que el legislador previera la figura del referéndum autonómico.


ANULACIÓN DE LAS ESTRUCTURAS SECESIONISTAS


La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría dijo al interponer el recurso contra la Comisión de la Transición Nacional que dicho decreto suponía una vulneración flagrante de la soberanía del pueblo español por parte del Govern que calificó de "partidista y sin base jurídica" el recurso interpuesto por el Ejecutivo un mes antes de su suspensión.


La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Santiago Martínez-Vares, declara la nulidad de la figura del Comisionado (encomendada al exvicepresidente del Tribunal Constitucional Carles Viver i Pi-Sunyer) debido precisamente a las competencias que se le encargaban relacionadas con el "impulso y coordinación" de las medidas necesarias para culminar el proceso ante una hipotética independencia de Cataluña.


De igual modo, el Pleno ha declarado también inconstitucionales y nulos el llamado 'Plan Ejecutivo para la preparación de las infraestructuras de Estado' y el 'Plan de Infraestructuras estratégicas', al presentar una patente afinidad con las competencias encomendadas al Gobierno de Cataluña por la ley de su Parlamento 3/2015 igualmente declarada inconstitucional.


1 Comentarios

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Ahora solo falta que los separatistas devuelvan al pueblo de Catalunya, la millonada que se han gastado en el Prucés, esto ha sido un expolio de grandes dimensiones, se han gastado el dinero del FLA para engrosar las cuentas bancarias de las embajadas en todas partes...otra forma de sacar dinero expoliando a España. Y seguirán robando si no se hace justicia.

escrito por maria 12/may/17    12:04

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