Amnistía a políticos corruptos, expulsión del ejército y otras leyes polémicas para la Catalunya independiente

La ley de transitoriedad política presentada por JxSí y la CUP también prevé ofrecer la doble nacionalidad y no pagar la deuda con España si no se llega a un acuerdo entre los dos gobiernos.

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Ortega Mas Puigdemont Rigau Homs

 

Ortega Mas Puigdemont Rigau Homs

Los políticos condenados por desobedecer la Constitución e implicados en casos de corrupción podrían ser absueltos.


La ley de transitoriedad jurídica que dota a Catalunya de un corpus jurídico propio si gana el 'sí' en el referéndum del 1 de octubre dispone de 89 artículos, a cada cúal más polémico.


AMNISTÍA A LA CORRUPCIÓN


Uno de los puntos más polémicos es que la ley prevé amnistiar a todos los "investigados o condenados por procedimientos relativos a la independencia o la construcción de la república" --incluidos, por tanto, el expresidente Artur Mas y los exconsellers Irene Rigau, Joana Ortega y Francesc Homs--.


Pero en un intento de de detener polémicas JxSí y la CUP han avisado de que "en ningún caso se amnistiarán casos de corrupción; solo los relacionado con el proceso".


La ley desgrana muchos detalles de la estructura judicial prevista para Catalunya, donde no habría Audiencia Nacional; el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) se reconvertiría en el Tribunal Supremo Catalán, y el giscal general de la república sería nombrado por el Parlament y no por el Govern, "garantizando plena independencia".


La norma, que solo entraría en vigor si ganara el 'sí' en el referéndum, también prevé descartar la Sala 5 de jurisdicción militar, si bien se mantendrían las otras cuatro salas: civil, penal, contenciosa administrativa y social.


La estructura de empleados "tendrá continuidad, seguirán con su plaza y tendrán las mismas retribuciones que hasta ahora", pero adaptándose a la nueva organización.


El nuevo Tribunal Supremo tendría también una Sala de Gobierno --que sería el Consejo General del Poder Judicial catalán y estaría formada solo por jueces--, y se crearía una Comisión Mixta para "garantizar todos los medios materiales y las funciones".


EXPULSIÓN DEL EJÉRCITO


La ley de transitoriedad jurídica también prevé que que la Generalitat asuma el control "total" de las fronteras y aduanas, así como expulsar al Ejército, en caso de que el 'sí' gane el referéndum previsto para el 1-O.


Sobre el Ejército, han dicho que "dejará de tener jurisdicción en el territorio catalán" si gana el 'sí' el 1-O, teniendo en cuenta que la ley de transitoriedad solo se activaría entonces.


Aun así, han dicho que será una posterior Asamblea Constituyente la que decida si Catalunya tendrá dotación militar.


Sobre los detalles de cómo se asumirá el control fronterizo, JxSí y la CUP apelan al Govern: dicen que ellos han impulsado en el Parlament la ley de transitoriedad con las bases del corpus jurídico catalán, pero que debe ser el Ejecutivo de Carles Puigdemont el que concrete su aplicación con cinco decretos ley.


"La ley prevé el control efectivo de las fronteras, pero deja en manos del Govern los detalles", han destacado los dos grupos en un encuentro con los medios sobre los detalles de la norma.


AGENCIA TRIBUTARIA CATALANA


La ley recién presentada apunta que la Agencia Tributaria estatal deje de tener la potestad recaudadora en Catalunya. Según explicita el texto de la norma, la Generalitat tendría toda la autoridad tributaria, aunque sin afectar a las competencias recaudatorias de las administraciones locales.


Sobre cómo la Generalitat recaudaría impuestos o sobre las sanciones que impondría si un ciudadano o empresa se negara a contribuir al sistema tributario catalán, el diputado de la CUP Benet Salellas ha aclarado que será el futuro Govern quien busque la manera de llevarlo a cabo: "Son funciones del ejecutivo".


La norma tampoco incluye una disposición específica sobre qué pasará con la parte de la deuda del Estado que corresponde a Catalunya: sus relatores aclaran que será una parte fundamental de la negociación con el ejecutivo estatal, si el 'sí' gana el 1-O.


"Si no hay negociación, no hay asunción de la deuda", ha advertido Salellas en un encuentro con periodistas para explicar detalles de la norma.


EN SEIS MESES, UN JEFE DEL ESTADO CATALÁN


Como la ley prevé proclamar una república si el 'sí' gana el 1-O, también se prevé que haya un presidente de la república, aunque la norma no define si el jefe del Estado asumirá además ese papel.


"Será el proceso constituyente el que definirá si es el presidente de la Generalitat es también el de la república", ha dicho el diputado de la CUP Benet Salellas. Este proceso duraría seis meses, tras los cuales se convocarían unas elecciones constituyentes.


De esas elecciones saldría una asamblea constituyente, que haría las veces de Parlament para definir la nueva constitución recogiendo las aportaciones del proceso constituyente en un documento que debería ser refrendado.


Después, se prevén unas nuevas elecciones, republicanas, en las que se escogería nuevo gobierno, cuyo presidente de la Generalitat debería ser un diputado del Parlament elegido electoralmente.


DOBLE NACIONALIDAD


La Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república, tal y como se llama el texto establece que la obtención de la nacionalidad catalana en caso de independencia "no exige la renuncia de la nacionalidad española".


El artículo 7 de la ley expone que podrán obtener la nacionalidad catalana aquellas personas de nacionalidad española empadronados en Catalunya a fecha 31 de diciembre de 2016.


También la obtendrán las personas con nacionalidad española empadronadas en Catalunya después de esa fecha y antes de la entrada en vigor de la ley, si lo piden tras cumplirse dos años de empadronamiento continuado en un municipio catalán.


También tendrá la nacionalidad catalana quien la solicite teniendo nacionalidad española y habiendo nacido en Catalunya; o que, residiendo fuera de Catalunya, haya tenido su última residencia administrativa en un municipio catalán al menos cinco años, o que sea hijo de madre o padre con nacionalidad catalana.


Además, la tendrán los nacidos o adoptados de padres catalanes; y las personas que, tras la entrada en vigor de la ley, hayan nacido en Catalunya "de padres extranjeros si la legislación personal que se les aplica no les atribuye una nacionalidad o sus padres no la tuviesen".


El artículo 8 expone que la nacionalidad catalana también se puede adquirir por residencia legal y continuada en Catalunya por un periodo de cinco años inmediatamente después a la petición --la ley estatal exige 10 años de residencia legal, según consta en la web del Ministerio de Justicia--.


A ese efecto, la ley computa a los extranjeros el tiempo de residencia legal en Catalunya que haya transcurrido antes de entrar en vigor esta ley. También pueden optar a la nacionalidad catalana los hijos menores de las personas que la hayan adquirido en virtud de ese artículo a petición de los padres o tutores.


El texto advierte de que la nacionalidad se puede retirar si se han falseado datos requeridos para obtenerla.


Asimismo, y por lo que hace referencia al idioma, el texto estipula que castellano y catalán seguirán siendo las lenguas cooficiales si Catalunya llegara a ser independiente


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