​La Fiscalía incluiría en la querella de rebelión a la Mesa del Parlament si proclama la DUI

El caso de que estos parlamentarios acuerden este viernes en la sesión de esta cámara una declaración unilateral de independencia.

|
MesadelParlament 2

 

MesadelParlament 2

La Mesa del Parlament podría ser acusada de delito de rebelión



La Fiscalía General del Estado prevé incluir a los miembros de la Mesa del Parlament en la querella por un delito de rebelión que está preparando en el caso de que estos parlamentarios acordaran este viernes en la sesión de esta cámara una declaración unilateral de independencia, han informado fuentes fiscales.


La querella que se está preparando por el Ministerio Público y que inicialmente se anunció que se presentaría contra el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, podría incluir también al vicepresidente Oriol Junqueras y al resto de miembros del gobierno autonómico por la labor que están realizando para llevar a cabo su proyecto secesionista.


La rebelión, castigada con hasta 30 años de prisión, se recoge en el artículo 472 del Código Penal e incluye varios supuestos de aplicación, entre ellos el de ser responsable de esta conducta quien se alzare "violenta y públicamente" para declarar la independencia de una parte del territorio nacional; derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución; o destituir o despojar de facultades al Rey, entre otros casos.


El próximo paso de la Fiscalía dependerá de lo que ocurra en el pleno específico que acoge este viernes el Parlament y en el que se prevé votar las propuestas de resolución que presenten los grupos parlamentarios para abordar la aplicación del artículo 155 de la Constitución que ha empezado este jueves.


EL ÓRGANO QUE INVESTIGARÁ


El punto que la Fiscalía aún no ha confirmado oficialmente es el de la instancia al que se presentaría esta querella, que dependerá de la interpretación que se dé a la condición de aforado del presidente de la Generalitat y de los miembros de su Gobierno.


Según los artículos 57.2 y 70.2 del Estatut de Catalunya corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) decidir sobre la inculpación, el procesamiento y el enjuiciamiento del presidente o de los consejeros, si bien "fuera del territorio de Catalunya la responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo".


Este aspecto de la norma es el que está siendo motivo de debate en el seno del Ministerio Público, ya que podría entenderse que parte del delito se ha cometido fuera de Catalunya en relación con algunas actuaciones del Govern como la ubicación de las webs que se pusieron en marcha con ocasión del 1-O o las intervenciones de algunos de sus miembros en foros extranjeros. También se analizan los efectos del delito, que se extienden a todo el territorio nacional.



Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
AHORA EN LA PORTADA
ECONOMÍA