Suspendido el traslado de pinturas murales del MNAC a Sijena por riesgo de deterioro

"El estado de fragilidad de las pinturas es tal que las hace especialmente vulnerables ante dicho proceso de desmontaje, transporte y montaje posterior".

|
Sijena 3

 

Sijena 3

Polémica sobre las obras de Sijena


La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca ha dictado un auto por el que deja sin efecto la ejecución provisional de la sentencia que ordenaba al Museo Nacional de Arte de Catalunya (MNAC) restituir a la Sala Capitular del Real Monasterio de Santa María de Sijena (Huesca) las pinturas murales ubicadas en la actualidad en el museo.


La juzgadora ha adoptado esta decisión debido a que "el estado de fragilidad de las pinturas es tal que las hace especialmente vulnerables ante dicho proceso de desmontaje, transporte y montaje posterior".


Entiende que dicho riesgo "es motivo suficiente para paralizar la ejecución provisional, teniendo en cuenta que nos encontramos ante una obra de arte de extraordinario valor artístico, por lo que de sufrir algún tipo de deterioro resultaría de extrema dificultad su reparación, habida cuenta el estado de las pinturas, o su compensación económica, al tratarse de una obra románica de incalculable valor".


Estos mismos argumentos, expuestos por la jueza en la sentencia dictada el 4 de julio de 2016, son reiterados ahora en su auto en el que expresa que "la fragilidad de las pinturas, como ya se manifestara en la sentencia, no conlleva la imposibilidad de su reintegración a la Sala Capitular, sin embargo, sí que entraña unos riesgos. El riesgo, más que de pérdida total, de deterioro de las pinturas, es evidente teniendo en cuenta la fragilidad de las mismas, por los motivos que se han expuesto en esta resolución".


INFORMES DE LOS PERITOS


A la hora de tomar su decisión ha tenido muy en cuenta los informes emitidos por los distintos peritos y muy especialmente la del restaurador de los frescos de la Capilla Sixtina del Vaticano, Gian Luigi Colalucci, quien en su informe recomienda "extrema prudencia y cautela".


Otro de los aspectos valorados en su decisión es el de las obras de restauración de la Sala capitular. La juzgadora recuerda que en su sentencia de 4 de julio de 2016 concluía que el traslado de las pinturas y su reintegración en la Sala Capitular era posible "siempre que se adoptaran las medidas y precauciones necesarias para ello".


La propia sentencia descartaba que la restitución de las pinturas se pudiera realizar volviendo a pegar las pinturas murales a los muros de los que fueron arrancadas.

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
AHORA EN LA PORTADA
ECONOMÍA