El Supremo pide a Interior trasladar a Madrid a los nueve presos del procés para el juicio

Marchena solicita a Marlaska que vayan antes de la última semana de enero para garantizar su presencia en el juzgado.

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Rull, Forn, Romeva, Turull y Borras llegan a la Audiencia Nacional para declarar

 

El presidente del tribunal que juzgará el procés independentista en Catalunya, Manuel Marchena, ha remitido un oficio al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, solicitando que los nueve acusados en este procedimiento que se encuentran en prisiones catalanas sean trasladados antes de la última semana de enero para garantizar su presencia en el juicio, que aún no tiene fecha.


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Señala igualmente que el traslado -no especifica los centros penitenciarios, aunque previsiblemente deberán estar ubicados en Madrid- debe realizarse en condiciones que respeten su dignidad y el derecho a todo acusado a un proceso sin dilaciones indebidas.


La fecha se fija al ponderar dos diferentes artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que hablan de presencia en la ciudad en la que se celebre el juicio y de una antelación mínima de treinta días sobre la fecha de la vista.


La misiva, dirigida directamente al ministro, se refiere a los nueve acusados en prisión preventiva que esperan el juicio en centros penitenciarios catalanes desde principios del pasado mes de julio: el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull y Joaquim Forn,y los exresponsables de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Ómnium Cultural Jordi Sánchez y Jordi Cuixart -presos en la cárcel de Lledoners (Barcelona)-; la exconsejera Dolors Bassa -ingresada en la de Puig de les Basses (Girona)- y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell - que cumple preventiva en Mas d'Enric ( Tarragona)-.


Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, informa al titular de Interior de que en el momento actual ha sido declarado abierto el juicio oral y ya se han formulado las conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado y la acusación popular.


Añade que en los próximos días vencerá el plazo para la presentación de los escritos de defensa, a los que seguirán la declaración de pertinencia de las pruebas propuestas y el señalamiento de la fecha para el inicio de las sesiones del juicio oral.


Dice también que el artículo 664 de la LECrim establece que, una vez señalado el día para el comienzo de las sesiones del juicio oral, el tribunal dispondrá que los procesados que se hallen presos sean "inmediatamente" conducidos a la cárcel de la población en que haya de continuarse el juicio. Otro artículo de esta ley, el 33 del Reglamento Penitenciario, sustituye la inminencia por una "antelación mínima de treinta días".


La Sala entiende que ni la celeridad que impone el primero de los articulos ni la fijación reglamentaria del plazo mínimo de un mes para recabar la presencia de los procesados presos pueden ser concebidas como exigencias temporales "en detrimento de la seguridad que ha de presidir el traslado de los presos, de su derecho a que este traslado se verifique en condiciones que respeten su dignidad y del derecho de todo acusado a un proceso sin dilaciones indebidas".


Por todo ello, y ponderando ambos preceptos, el magistrado interesa de Grande-Marlaska que "adopte las decisiones que resulten indispensables para garantizar la presencia de los procesados presos a disposición de esta Sala en la última semana del corriente mes de enero".

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