El tribunal rechaza devolver la fianza de 50.000 euros a Santi Vila

El exconseller de la Generalitat pagó esta cantidad para evitar la prisión provisional.

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Santi Vila en el juicio del procés

 

La sala que juzga el procés'independentista en el Tribunal Supremo ha rechazado devolver al exconseller de Empresa de la Generalitat Santi Vila, para quien se piden siete años de cárcel por desobediencia y malversación de fondos públicos, los 50.000 euros de fianza que depositó en noviembre de 2017 para eludir su prisión provisional en este procedimiento.


Alegaba que los gastos para asistir a las sesiones del juicio, que comenzó el pasado 12 de febrero, le han colocado en una situación de extrema necesidad económica.


En un auto dado ha conocer este miércoles, que coincide con el criterio expresado por la Fiscalía, la Sala señala que no cabe devolverle la fianza que pagó para salir de la prisión que dictó contra él la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.


Razona que "no se ha modificado la situación de riesgo de sustracción a la acción de la justicia por el hecho de que el solicitante se limite a cumplir lo que no es sino expresión de una carga procesal: comparecer personalmente a las sesiones de su propio juicio oral".


Asimismo, la Sala destaca que la alegación de una determinada situación económica no justifica devolver la fianza, "ya que el factor decisivo para determinar su calidad y cantidad es el mayor o menor interés para ponerse fuera del alcance de la autoridad judicial (artículo 531 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) y no los efectos que la fianza prestada puedan causar en su patrimonio".


Es decir, el elemento determinante para el tribunal es "el riesgo de sustracción a la acción de la justicia, que precisamente la fianza pretende conjurar mediante la ejecución pecuniaria que supondría tal sustracción de manera efectiva".


ALOJAMIENTO, MANUTENCIÓN Y ABOGADO


En su escrito, Santi Vila alude a los "cuantiosos gastos" que debe sufragar, como el desplazamiento, alojamiento, manutención y costes legales de su defensa, a lo que se une "la relevante disminución de los únicos ingresos económicos que tiene "debida a la drástica disminución de su actividad laboral".


Añadía que, estando diariamente a disposición de la sala que le está juzgando en el Tribunal Supremo "ya no subsisten los motivos que en su día motivaron la prestación" de la fianza.

El tribunal le responde que debido a la persistencia del riesgo de fuga no cabe devolverle la fianza de 50.000 euros que depositó, "cantidad por cierto que se sitúa en un tramo inferior a la que han prestado otros acusados en su misma situación personal".


FISCALÍA


La Fiscalía del Tribunal Supremo ya se opuso que se le devuelva la fianza de 50.000 euros al exconseller de la Generalitat Santi Vila, una petición que éste había hecho argumentando que los necesitaba para cubrir los gastos de su estancia en Madrid durante el juicio del procés.


Santi Vila en el juicio del procés


El Ministerio Público elaboró un escrito en el que se muestra contrario a la devolución de la fianza de Vila, que está en situación de libertad provisional, porque esta cantidad se abonó para que no estuviera en prisión preventiva.


El ex conseller argumentó en su momento que, al contrario que otros compañeros de banquillo, él no recibe ayuda económica de entidades soberanistas y debe costearse todos los gastos, como el pago del abogado, el transporte, el alojamiento y la manutención.


Vila está acusado de desobediencia y de malversación de caudales públicos. En el escrito remitido al Alto Tribunal, señalaba que "la obligatoriedad de asistir personalmente a las numerosas sesiones del acto de juicio oral, las cuales duran ya aproximadamente un mes y medio y previsiblemente se alargarán durante varios meses más según el progresivo calendario de señalamientos, está provocando una situación económica de extrema necesidad" porque su "residencia habitual" está en Barcelona.


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