La dirección de Zeta revienta el derecho de huelga de los trabajadores de las rotativas
La dirección ha sorteado la convocatoria recurriendo a imprentas ajenas para lanzar la edición de este lunes de 'El Periódico' y 'Sport'. En 2018, el Tribunal Supremo ya condenó en firme a Zeta por haber hecho exactamente lo mismo.
Cuando un guion se repite, el desenlace es previsible. En la planta de impresión del Grupo Zeta --recientemente adquirido por Prensa Ibérica--, los trabajadores han experimentado, como si de un bucle se tratase, el mismo episodio de lucha laboral que vivieron en 2013.
Ante la convocatoria de una jornada de paro por parte de la plantilla de Gráficas de Prensa Diaria (Parets del Vallès), la dirección ha reaccionado del mismo modo que hace seis años: boicoteando la huelga a través de la contratación de imprentas ajenas al grupo para lanzar la edición de este lunes 29 de 'El Periódico' y 'Sport'.
Los trabajadores de las rotativas comunicaron el pasado sábado que este lunes declaraban una huelga entre las 12 y las 3 de la madrugada en rechazo al ERE de extinción que supondría el cierre de la planta de impresión de los diarios. El desembarco de Javier Moll a los mandos del holding propició la activación de este expediente que pondrá en la calle a 54 empleados.
Sin embargo, la dirección decidió sortear ayer la actitud de sus trabajadores contratando los servicios de otras imprentas para lograr que sus cabeceras llegaran a los quioscos.
Asimismo, se obligó a los empleados a recurrir a la bolsa de horas prolongando así su jornada laboral más allá de la finalización del paro para terminar la tirada, según han asegurado fuentes de CGT.
El comité de empresa no ha avanzado qué medidas tomará frente a esta violación de su derecho a la huelga, pero este mismo martes se reunirán con la dirección en el contexto de la negociación impuesta por la Conselleria de Treball.
ZETA YA FUE CONDENADA
Se trata de la misma estrategia que la dirección siguió en 2013 y que derivó en una lucha judicial que el grupo mediático terminó perdiendo en favor de la plantilla. Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, como el Tribunal Supremo, dieron la razón a la demanda planteada por el comité de empresa.
El TS concluyó en una resolución firme que el derecho a huelga se reconoce como un "instrumento de presión necesario para la afirmación de los intereses de los trabajadores en los conflictos socioeconómicos" y que no podía ser vulnerado mediante ninguna acción que, pese a no colisionar con los trabajadores, impidiera su ejercicio.
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