La justicia europea prohíbe a los estados el espionaje masivo usando los datos que recopilan los operadores
Esta decisión supone un serio varapalo para las intenciones de muchos gobiernos, que quieren obligar a las empresas de telefonía guardar indiscriminadamente, los datos de conexión y navegación de todos sus clientes
Una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE pone freno a la intención de algunos gobiernos de los países europeos de obligar a las empresas de telefonía móvil e internet a recopilar de forma i discriminada los datos masivos de todos sus usuarios y a facilitárselos en caso necesario.
La causa se inicia tras una pregunta que tribunales de Francia, Bélgica y Reino Unido hicieron para saber si la legislación europea permite a los gobiernos exigir a las operadoras de telefonía que guardasen los datos de llamadas y de las conexiones a internet de sus clientes para ponerlas a disposición de los estados cuando estos las reclamaran.
Una primera decisión sobre un caso ocurrido en Francia, dejaba claro que los estados miembros no pueden imponer a los proveedores de estos servicios una obligación generalizada e indiferenciada de recopilar todos los datos de tráfico y de localización de sus clientes. En este caso, el tribunal consideró que era una atentado contra el derecho a la intimidad de los ciudadanos y, por tanto, contraria a la legislación europea.
De hecho, muchos de esos datos no pueden ser recopilados por las compañías operadoras, aunque algunos gobiernos intentaron obligarles a ello. Justificaban su decisión en la lucha antiterrorista y contra el crimen organizado por parte de la policía, los jueces y los servicios de inteligencia.
Aunque el tribunal reconoce que retener algunos datos puede ayudar a salvaguardar la seguridad de los estados, el que se haga de manera indiscriminada e ilimitada no entra dentro de los parámetros de las leyes europeas.
Y aunque los estados han reclamado que, según los tratados de la UE, la seguridad de cada uno de ellos es competencia exclusiva de los gobiernos nacionales, la justicia considera que su interés en la recopilación masiva de datos solo se debe dar en contextos de amenazas graves y persistentes. Aunque incluso en estos casos, prima el derecho a la privacidad de los ciudadanos, por lo que no es de recibo que los datos de todas las personas, estén siendo investigadas o no, estén al alcance de los gobiernos de turno.
La sentencia, que obliga a todos los estados a incorporarla a su legislación, se produce después de una consulta respecto a una demanda que una empresa proveedora de servicios de datos, a la que el estado francés quería obligar a recopilar todos los datos de sus clientes, estuvieran o no bajo investigación. Una asociación en defensa de los derechos de los internautas demandó al estado francés ya que consideraba que si bien el estado puede tener bajo vigilancia a personas que puedan considerarse peligrosas o sospechosas es una cosa, no tiene derecho a tener acceso indiscriminado a los datos de todos los usuarios, ya que eso contradice la legislación europea sobre el derecho a la privacidad, también en las comunicaciones electrónicas.
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