Autodeterminación, consentimiento y necesidad [o cualquier otro]

Antonio Carlos Pereira Menaut
Prof. de Derecho Constitucional, USC

Antonio-Carlos Pereira

El difunto Sir Bernard Crick decía que le deprimía la capacidad de los académicos para complicar las cosas. Cabe preguntarse: ¿sólo los académicos, y no también los políticos, y ciertos medios?

El difunto Sir Bernard Crick decía que le deprimía la capacidad de los académicos para complicar las cosas. Cabe preguntarse: ¿sólo los académicos, y no también los políticos, y ciertos medios?

Véase el nuevo capítulo del interminable conflicto territorial español, que ahora ?nos dicen? es grave. En mi humilde opinión, aun siendo cosa seria, no es para tanto. Supongamos que en el referéndum no triunfa la secesión; o supongamos que triunfa, y que en 20 años Cataluña esté como hoy Noruega: pues tampoco sería tan malo; o supongamos que al final la relación podría ser tan buena como las de Inglaterra y Canadá.


Secesiones, ha habido muchas en la historia, así que no son algo inédito ni necesariamente trágico: USA, Portugal, Noruega, Irlanda, Kosovo... Por tanto, no estamos ante un conflicto desconocido ni intratable, aunque lo digan los políticos y ciertos medios de esos que, cuando les pedimos una solución, nos aumentan el problema.

Tampoco descartamos que todo acabe en un nuevo chalaneo, o que las palabras y preceptos legales sean retorcidos hasta destilar un significado que aparente respetar una legalidad nunca tan vulnerada como ahora. Y todo ello sin contar con el cortoplacismo ?plaga de España desde la Transición? que cerraría el problema en falso una vez más (así, Rajoy parece creer que si le dan tiempo y mejoría económica, el berrinche catalán pasará).

En el fondo, el problema no es difícil de entender y, si apartamos la hojarasca de los especialistas en ocultar lo esencial a base de análisis históricos, sociológicos, económicos o legales, la cuestión se localiza en la fundamental división entre aquellas comunidades políticas que son productos del consentimiento, "covenant" o pacto (las medievales, las anglosajonas), y aquellas que son sacralizados e intocables productos de la necesidad y el determinismo (Francia, España). Estamos ante un "cleavage" casi tan profundo como Celta versus Deportivo.

Como el espacio disponible no es mucho, me limitaré a dos ejemplos de Irlanda y Escocia. En 1916, el Easter Rising irlandés fue duramente reprimido, pero en 1922, tras un referendum, se creó el Irish Free State y se redactó una constitución. En la Segunda Guerra Mundial, la neutralidad irlandesa fue respetada por Londres.


En tiempos de la autoritaria Mrs. Thatcher, que negó a Escocia la "devolution", circuló en el seno de su gobierno un documento interno (cuya pista desgraciadamente he perdido) nada regionalista, pero en el cual se admitía, con todo, que si una mayoría sustancial de escoceses realmente deseara abandonar el Reino Unido, no se le podría impedir.

Ahí tenemos las dos filosofías de fondo: si se constata que una gran mayoría de irlandeses desea marchar, no se le puede impedir; y si una sustancial mayoría de escoceses desea lo mismo, no los vamos a atar, por temperamento autoritario que uno sea. En cambio, nuestros sesudos juristas y nuestros tolerantes demócratas concluyen que aunque una gran mayoría de catalanes se quisiera ir, su deber constitucional, democrático y liberal es... atarlos.

Para concluir un pacto hacen falta dos; para romperlo, sólo uno.

Antonio-Carlos Pereira Menaut (Prof. de Derecho Constitucional español y de la UE, USC)

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