El Ministerio Fiscal pide la inadmisión de las cautelares solicitadas por el alcalde de Terrassa contra CatalunyaPress
La vista celebrada este lunes ha contado con la presencia de los demandantes Jordi Ballart, Marc Cadevall, Marc Armengol, Eva Candela y Xavier Cardona y del demandado, Manuel Fernado González.
Este lunes se ha celebrado la vista de medidas cautelares solicitadas por el alcalde de Terrassa, Jordi Ballart y cuatro concejales más a raíz de la publicación en CatalunyaPress del artículo de opinión ‘El estilo Ballart (2): Un consistorio de amiguetes’, publicado el 12 de diciembre de 2016.
Un artículo que incomodó mucho a varios miembros del consistorio egarense, a juzgar por la demanda de protección civil de su derecho al honor que interpusieron a este diario, admitida a trámite y seguida ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Terrassa. Cabe destacar que la demanda llegó sin que los demandates solicitaran con anterioridad la retirada del artículo o una matización.
Junto a dicha demanda, Ballart y los demás demandantes solicitaron una medida cautelar que contempla la eliminación del artículo del periódico y hacerlo desaparecer de Internet. Una postura que el editor de este diario no ha querido aceptar, ya que, además, se solicitaba la publicación de una nota de rectificación.
La vista celebrada este lunes ha contado con la presencia de los demandantes (Jordi Ballart, Marc Cadevall, Marc Armengol, Eva Candela y Xavier Cardona) y del demandado, Manuel Fernando González, en su doble condición de legal representante de Orna Comunicación, S.L. y del seudónimo “Els Miols d’Isidoro” con el que se firmó el artículo.
Además de los abogados de ambas partes, también estaba presente la representante del Ministerio Fiscal, quien debe participar, de forma independiente, por imposición de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
LA PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE, NO ADMITIDA
La vista se ha desarrollado con normalidad, con los alegatos de la abogada de los demandantes -quien sabemos que es la letrada habitual del Ajuntament de Terrassa-, los del letrado del demandado, así como por parte del Ministerio Fiscal, que siempre interviene en último lugar.
La prueba documental que ha aportado la parte demandante -una serie de capturas de pantalla de la portada del periódico de fechas posteriores a la publicación del artículo, para ‘mostrar’ que había sido retirado ya de la portada (algo habitual en un diario online)- ha sido inadmitida por “extemporánea”. La de la defensa ha sido admitida en su totalidad.
Finalmente, ambas partes han declinado su derecho a realizar una breve conclusión que, por otra parte, sí ha realizado la representante del Ministerio Fiscal.
Esta ha solicitado la inadmisión de la medida cautelar, al señalar que se está ante un mero artículo de opinión que, en ningún caso contiene expresiones vejatorias o injuriantes que vulneren el derecho de los demandantes debiendo, por tanto, prevalecer el derecho de expresión del demandado.
Ahora ha de ser el juez quien decida si sigue la tesis expuesta por el Ministerio Fiscal y desestima la eliminación del artículo de opinión de CatalunyaPress.
Por otra parte, el próximo martes 4 de julio se celebrará la audiencia previa al juicio ordinario en el que las partes propondrán la prueba que estimen oportuna para la celebración del juicio definitivo, en fecha aún por concretar.
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