El TC admite estudiar el recurso de Podemos contra el 155
Hasta ahora no existe una doctrina constitucional en la que fijarse, porque es la primera vez que el Gobierno español hace uso de este artículo.
Iglesias en la sala de prensa del Congreso.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado este miércoles admitir a trámite el recurso que Podemos presentó contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución que disolvió el Govern y convocaron elecciones autonómicas en Catalunya.
El TC ve el recurso como una oportunidad para fijar una doctrina constitucional para el futuro sobre la aplicación de este artículo, tanto en los procedimientos, el contenido y sus límites.
La mera admisión del recurso no conlleva -mientras no se resuelva sobre el fondo- suspensión alguna de las medidas acordadas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, ya que la pérdida de vigencia de los asuntos que llegan al tribunal de garantías sólo se produce de forma automática cuando el recurso es presentado por el Gobierno, lo que no ocurre en este caso.
El recurso ha sido elaborado por el catedrático de Derecho Constitucional Joan Vintró, uno de los expertos nombrados por el Gobierno de Carles Puigdemont para supervisar el recuento del referéndum ilegal.
En él se solicita la nulidad del acuerdo del Senado que aprobó la aplicación del 155 y las medidas que se derivan de éste.
La iniciativa ha sido bien recibida en el órgano de garantías porque permitirá a los magistrados abordar no sólo la constitucionalidad, que no cuestionan, sino la forma de aplicarse y los límites que deberían tenerse en cuenta -en el caso actual y también de volverse a utilizar en el futuro- en la aplicación de este artículo de la Constitución.
Hasta ahora no existe una doctrina constitucional en la que fijarse, porque es la primera vez que el Gobierno español hace uso de este artículo desde que se aprobó la actual Constitución en 1978.
De ahí los debates previos que se produjeron en ámbitos políticos, gubernamentales e incluso judiciales sobre el procedimiento a seguir por el Ejecutivo o la extensión de sus medidas.
Sin embargo, ahora ya aplicado por primera vez, el Tribunal Constitucional tiene la oportunidad de fijar en una sentencia toda la dimensión práctica del artículo 155 tanto en la forma como en el contenido.
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