Durante la visita del presidente Rajoy se firmó el acuerdo contra la doble imposición fiscal (CDI) entre España y Andorra. En la conferencia de prensa posterior, algún/a periodista del sur expresó en forma de pregunta la duda o afirmación de que la justicia y las autoridades andorranas en general no obstruían las investigaciones sobre el «caso Pujol» en el sentido más amplio. Las últimas noticias parecen aclarar la cuestión.
Durante la visita del presidente Rajoy se firmó el acuerdo contra la doble imposición fiscal (CDI) entre España y Andorra. En la conferencia de prensa posterior, algún/a periodista del sur expresó en forma de pregunta la duda o afirmación de que la justicia y las autoridades andorranas en general no obstruían las investigaciones sobre el «caso Pujol» en el sentido más amplio. Las últimas noticias parecen aclarar la cuestión.
Menos explícito fue la mención a las nuevas condiciones que el CDI introducía y que sólo la oposición y algunos medios locales explicaron: es cierto que el intercambio automático de información se aplaza hasta que se aplique conjuntamente a la mayoría de países bajo la vigilancia de la OCDE, y no más tarde del 2018. Pero los datos que pueden ser objeto de traslado internacional, en procesos judiciales quedaron ampliados y ya no sólo se pueden pedir y se deben dar las relativas a los cuentas bancarias de una persona investigada, sino las del resto de inversiones y bienes, así como las participaciones en sociedades no sólo del objeto de instrucción, sino de familiares y socios.
Esta ampliación nueva es la que parece haber tenido presente la alcalde (juez) María Ángeles Moreno, al aceptar la comisión rogatoria del magistrado Ruz, de la Audiencia Nacional, resolución implícita en el rechazo de las alegaciones contra la petición española que había presentado la defensa de Jordi Pujol Ferrusola (el hijo del ex presidente) y la mujer de éste Mercè Gironès.
Como se ha publicado en multitud de medios, los datos que se dispone a enviar Moreno al órgano español no son sólo sobre los fondos que puedan figurar a nombre de la pareja o uno de los miembros en cualquiera de los cinco bancos que operan en el país pirenaico, sino de otras entidades financieras no bancarias, de sociedades participadas por los afectados, e incluso de los registros notariales sobre sus propiedades inmobiliarias.
Todo ello, aderezado con la medida complementaria -habitual en los procedimientos de este tipo en Andorra, aunque no hubiera sido solicitada por Ruz- consistente en bloquear las cuentas y demás bienes que pudieran resultar objeto de la investigación, mientras ésta llega a su fin. Si los supuestos implicados son absueltos, podrán volver a disponer de todo, sea lo que sea. En caso contrario, las posesiones consideradas ilícitas, o de origen ilícito, pasarían -todas, o en parte compartida con la Hacienda española- al erario público andorrano.
Hemos dicho que la juez «parece» haber considerado los términos del CDI acordado entre los dos estados fronterizos, porque el convenio no sería aún vigente, a falta de los trámites de ratificación que debe pasar a las respectivas cámaras legislativas.
Sin embargo, y con todo ello, la resolución de la jueza no es firme, sino de primera instancia. Queda recurso -que los representantes de los afectados ya han presentado- al Tribunal de Cortes, que en este caso es el segundo y definitivo órgano decisorio, para que el sistema andorrano sólo prevé dos instancias, salvo un recurso de amparo posterior al Constitucional, que difícilmente suele prosperar.
Este nuevo recurso de la defensa incluye los mismos argumentos que no han sido aceptados por la alcalde: que no hay pruebas de origen delictivo de los bienes de esta parte de los Pujol; que los datos en las que se basa el proceso en España han sido obtenidas mediante delito (revelación de secreto bancario); que la justicia española todavía no ha conseguido datos para imputar los investigados y, finalmente, que todo obedece a motivaciones políticas, y no exclusivamente judiciales.
Si la instancia definitiva confirma la resolución de la alcalde, aún quedará una nueva lucha de la defensa de la pareja Pujol-Gironès, ya en España, para anular los datos enviados desde el Pirineo como prueba, sobre todo por la supuesta obtención ilegal.
Y en todo caso, una condición insoslayable con la ejecución de la colaboración andorrana es que ninguna parte de los datos que se enviaran se puede utilizar para probar un fraude fiscal, en tanto que éste no figura como delito en el código penal del otro Principado, y sólo tendrá vigencia en caso de que la petición de condena sea por cohecho, tráfico de influencias, o de otras formas de corrupción.
Con todos estos condicionantes, trámites pendientes y afectación sólo de uno de los Pujol denunciados en España, lo que pueda pasar a los tribunales del país pirenaico con el conjunto de la familia más bien se parece a los primeros capítulos de uno de aquellos «culebrones »latinoamericanos interminables.
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