Médicos advierten que ni tarjeta ni los centros sanitarios pueden utilizarse para el referéndum

La Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) expresa su rechazo a que los centros sanitarios se utilicen para otros fines distintos a los asistenciales.

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La CGCOM recuerda que la tarjeta sanitaria no debe ser utilizada si no es para la identificación del paciente.
 

La Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) expresa su rechazo a que los centros sanitarios se utilicen para otros fines distintos a los asistenciales como puede ser la celebración del referéndum que ha convocado la Generalitat de Catalunya, y avisa de que la tarjeta sanitaria no debe ser utilizada con otra finalidad que no sea la identificación del paciente, lo contrario podría contravenir lo dispuesto en la normativa de protección de datos.


El máximo organismo médico responde así ante al debate suscitado a raíz de las informaciones en diferentes medios de comunicación de que la Generalitat de Cataluña podría utilizar los centros sanitarios y las tarjetas sanitarias para la celebración de un referéndum. Y, ante esta posibilidad, la Comisión Permanente solicita a la Administración Sanitaria responsable que evite el uso inadecuado de los centros sanitarios y de la tarjeta de identificación.


El sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) compuesto por los centros de Atención Primaria, consultorios locales, hospitales, centros sociosanitarios y centros de atención a la salud mental, tiene como única finalidad la de garantizar la atención pública efectiva y de calidad a la ciudadanía de Catalunya sin que sus recursos puedan ser utilizados para otras funciones no contempladas en la Ley 15/1990, de 9 de julio, de Ordenación Sanitaria aprobada por el Parlament y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatut d'Autonomia de Catalunya, que en definitiva solo estarán afectos a la preservación de la salud de los pacientes.


Asimismo, la Comisión Permanente entiende que la tarjeta sanitaria no debe ser utilizada con otra finalidad que no sea la identificación del paciente para ser atendido o para prestarle asistencia sanitaria.


"La utilización y uso de las tarjetas sanitarias para confeccionar y/o ser utilizadas como censo electoral, es decir, la utilización de los datos de sus titulares para fines distintos para los que originalmente se obtuvieron, esto es, para la correcta prestación de una asistencia sanitaria, podría contravenir lo dispuesto en la normativa de protección de datos (LOPD) suponiendo un acceso no autorizado por parte de los organismos implicados a datos confidenciales", advierten.

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