Desde la Defensora de Barcelona hemos tenido constancia de las quejas de opositores en procesos selectivos municipales que no han podido continuar con su participación debido a la Covid-19. La respuesta del Ayuntamiento ha sido que precisamente esta actuación se ubica en el marco de un acceso en condiciones de igualdad a la función pública.
Ante la reciente convocatoria de oposiciones municipales para este año 2021, que ya se encuentra en el periodo de inscripciones, nos hemos dirigido al Ayuntamiento para recomendar que encuentre soluciones y alternativas para asegurar la participación de las personas afectadas por la Covid- 19 en los procesos selectivos, tal como ya hacen otras administraciones como la Junta de Castilla y León.
Una de las quejas recibidas en la Sindicatura exponía que optaba a una plaza de agente de la Guardia Urbana de Barcelona, y el día anterior a la primera prueba selectiva dio positivo del virus de la Covid-19. Según las instrucciones para la realización de la prueba, aprobadas por el Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos, no pudo participar en el proceso selectivo.
Otro caso, este en un momento del proceso de selección mucho más avanzado, explicaba que estaba convocado el día 20 de noviembre para llevar a cabo la entrevista, y el día 17 de noviembre dio positivo de la Covid-19. Detallaba que había contactado con la Oficina de Información de Oposiciones y Concursos para informar de las circunstancias en que se encontraba y le informaron que tenía que presentar una instancia en la que expusiera los hechos. Así lo hizo con fecha 18 de noviembre, cuando solicitó el aplazamiento de la realización de la entrevista.
El consistorio ha informado que dio respuesta a la instancia ciudadana el 15 de diciembre del año 2020. Se le denegó la petición de posponer la práctica de la entrevista, dado que en la fecha de finalización de la cuarentena de la persona opositora ya habría finalizado el periodo de realización de entrevistas.
El Ayuntamiento dictó y publicó instrucciones para el desarrollo de las pruebas, que incorporaban medidas de seguridad para evitar contagios, y preveía la imposibilidad de acceder a las instalaciones donde tendrían lugar las pruebas a aquellas personas diagnosticadas de Covid-19, que estuvieran en cuarentena, o bien que hubieran estado en contacto estrecho con una persona contagiada los 14 días anteriores a la práctica de la prueba. Ahora bien, la instrucción no da alternativas a los aspirantes que se encuentren en estas circunstancias descritas.
Esta disposición implica el deber de todas las personas a las que se haya prescrito aislamiento o cuarentena a cumplir con estas medidas. Sin embargo, quiero destacar que este precepto no es incompatible con la implementación de otras medidas que permitan la participación de los aspirantes que se encuentren en estas circunstancias.
Entiendo que una medida tan restrictiva como la impuesta puede conllevar precisamente el efecto contrario, ya que es probable que aspirantes que se encontraran en las circunstancias descritas en la instrucción, ante la posibilidad de perder la convocatoria, acudan igualmente la realización de la prueba . Además, en uno de los casos la persona ya estaba en el proceso final, el de la entrevista, después de haber superado varias pruebas anteriores.
Aunque el Ayuntamiento defiende la actuación en el principio de igualdad en el acceso a la función pública, la síndica cree que esta medida puede comprometer este derecho reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución española. El derecho de acceso a la función pública es un derecho de configuración legal y, por tanto, la aplicación de limitaciones también deberían venir impuestas legalmente. Por este motivo, hay que buscar fórmulas para evitar restricciones innecesarias al ejercicio de este derecho fundamental y que prevalezca la interpretación más favorable a su efectividad.
Así lo han hecho otras administraciones, como la Junta de Castilla y León, en el que la Dirección de la Función Pública ha dictado criterios para la celebración de pruebas en procesos selectivos a personas afectadas por la Covid-19. Su instrucción prevé que, si se produjeran estas circunstancias, y siempre que los aspirantes afectados así lo reclamaran, los órganos de selección deberán fijar otra fecha para la realización de las pruebas selectivas a las que no pudieron concurrir.
Parece que otras soluciones son posibles y resultan más justas e idóneas para respetar el derecho de igualdad en el acceso a la función pública. Recomendamos al Ayuntamiento que estudie la posibilidad de arbitrar medidas que permitan la participación en los procesos selectivos a las personas afectadas por la Covid-19.
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