El servicio de baño asistido a las playas sigue generando quejas de los usuarios

Maria Assumpció Vilà i Planas
Síndica de Greuges de Barcelona



La playa de la Barceloneta (Archivo)

Barceloneta @ep


Durante el verano del año pasado, a la Sindicatura de Greuges de Barcelona recibimos varias quejas que denunciaban las dificultades con que se encuentran las personas con diversidad funcional que quieren bañarse en la costa barcelonesa. Posteriormente, esta queja de los usuarios se amplió por la aplicación del nuevo pliego de cláusulas técnicas del nuevo contrato del servicio de playas accesibles y apoyo al baño a personas con discapacidad a las playas de la ciudad de Barcelona, cuya licitación que se publicó en fecha 9 de marzo de 2021. La Comisión considera que este pliego no incorpora las demandas y problemas trabajadas desde el grupo de personas con diversidad funcional.


¿Qué es el servicio de baño asistido?


Las playas accesibles con servicio de ayuda al baño son las dirigidas a aquellas personas que tienen movilidad reducida y que necesitan ayuda personal y técnica para poder acceder al agua. Estas dos últimas temporadas de baño han sido adaptadas para la necesidad de aplicar medidas de protección contra la Covid-19 para garantizar la seguridad sanitaria de los bañistas y del personal técnico y voluntarios de apoyo, la más importante de las cuales es asegurar que se respeta la distancia de 1,5 metros entre las personas, razón por la que se modifica la normativa de uso de este servicio.


Las quejas de los usuarios


Las personas usuarias explican que anteriormente ofrecía el servicio de baño asistido a cuatro playas barcelonesas: Foro, Levante, Icària y Barceloneta. Desde la Comisión de playas para personas con diversidad funcional han lamentado que desde el verano del año 2020 se haya decidido unilateralmente suprimir este servicio a dos de las playas y los únicos puntos de servicio sean a Foro y Icaria.


Por otro lado, también denuncian una situación de discriminación a que se ven sometidas las personas con diversidad funcional: el límite de aforo de 4 personas en el agua en la playa de Icaria y de 2 personas en la playa del Foro. "Si la población en general puede bañarse de manera normal siempre que respeten la distancia de seguridad, por qué nosotros tenemos límite de aforo en el baño?", Se preguntan desde la Comisión.


Otro de los temas que ha causado el malestar del colectivo de personas con diversidad funcional es que se les puede negar el baño con bandera verde si se considera que hay olas, cuando antes esta prohibición sólo se llevaba a cabo si había bandera amarilla. Por último, relatan que están obligados a ir con un acompañante en la playa, lo que limita su autonomía. "El servicio de baño asistido a las playas no tiene mucho sentido si nos obliga a las personas con diversidad funcional a ir acompañadas", concluyen las quejas ciudadanas.


Tras conocer las denuncias de la Comisión de playas para personas con diversidad funcional, como de la Comunidad Universitaria de Barcelona me he dirigido al Área de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad para comprobar si se han vulnerado los derechos de este colectivo; estudiar el protocolo que rige el servicio; saber los motivos por los que no se ofrece el servicio en la playa de la Barceloneta y del Levante, y conocer las actuaciones previstas para poner solución a los agravios expuestos.


La respuesta municipal


En relación con la pérdida de dos puntos de baño (Barceloneta y Levante) en el año 2020, el Ayuntamiento informa que fue debido a dos hechos excepcionales: los efectos causados por el temporal Gloria de enero de aquel año, y por la crisis sanitaria mundial de la Covid-19. El consistorio añade que en este 2021, teniendo en cuenta que todavía estamos bajo los efectos de la pandemia, han seguido las mismas medidas que se establecieron el verano anterior.


Desde el consistorio se explica que el servicio de ayuda al baño dirigido a aquellas personas con movilidad reducida que no pueden acceder al agua de manera autónoma se prestará bajo la supervisión del personal técnico, pero sin contacto directo, con un aforo limitado de el área a quince personas exclusivamente. Se mantiene la cita previa (usuarios individuales y grupos organizados) y se recomienda venir con un asistente personal, pero esto no se establece como obligatorio.


También informa que el servicio se estructura alrededor de 3 puntos de atención en las playas (San Miguel, Playa de la Nova Icària y zona de baños del Forum), si bien pueden variar de localización en función de los usos cambiantes de las playas , o bien si se considera más oportuno. De este modo, este año este servicio se ha vuelto a ofrecer en circunstancias excepcionales. Hay que tener presente que estas limitaciones y medidas que se establecen en las playas de Barcelona y en los servicios que se prestan van evolucionando de acuerdo con las medidas que en diferentes ámbitos se acuerdan en el marco de los Planes de desconfinamiento por la Covid- 19 que aprueba el Gobierno de Cataluña. Cabe recordar que estos planes son de obligado cumplimiento por parte de las administraciones locales que han de adaptar sus propias medidas y planes al marco referencial que aprueba el Gobierno de Cataluña.


Más quejas de los usuarios sobre los aspectos organizativos


Algunas de las quejas efectuadas por las personas usuarias hacen referencia a aspectos organizativos.


El Servicio de apoyo al baño se encuentra externalizado, y el contrato administrativo que lo regula depende del Instituto Municipal de Parques y Jardines (IMPiJ), aunque son varios los agentes implicados en el funcionamiento, con las correspondientes responsabilidades: la Dirección de playas se encarga de la gestión y coordinación de las playas; el Área Metropolitana de Barcelona se ocupa de la instalación y el mantenimiento de las pasarelas y la dotación de material, y el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad (IMPD) da apoyo técnico y especializado a los diversos agentes implicados, al tiempo que coordina la mesa de trabajo sobre este proyecto. En relación con el funcionamiento del servicio, la actividad se enmarca en lo establecido en el correspondiente contrato del servicio de playas accesibles y apoyo al baño a personas con discapacidad a las playas de la ciudad de Barcelona, licitado este año por parte de la 'IMPiJ y con fecha de adjudicación el 18 de mayo de 2021.


Buena parte de las cuestiones planteadas por las personas promotoras de la queja que hacen referencia a temas como el buen estado del material, el mantenimiento correcto de las instalaciones, la puntualidad en el inicio de la actividad o el buen trato que ha tener el personal con las personas, entre otros, se encuentran definidas en el Pliego. Como defensora quiero manifestar que la mejora en la satisfacción del servicio por parte de los usuarios depende mayoritariamente del correcto cumplimiento y supervisión de la ejecución del contrato, tarea que corresponde al IMPiJ como responsable del contrato.


Desde la Sindicatura entendemos que en la Tabla de coordinación convocada por el IMPD es donde hay que analizar las necesidades y consensuar las mejoras a aplicar por parte de los diferentes agentes implicados. Sin embargo, para su buen funcionamiento de la misma es esencial la labor de coordinación que tiene que hacer el IMPD. Debemos recordar que la misión de la IMPD, tal como recogen sus estatutos, es promover actividades, impulsar programas y prestar servicios a las personas con discapacidad y diversidad funcional de Barcelona, con el fin de mejorar la calidad de vida, la autonomía personal y la vida independiente de las personas con discapacidad.


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